ELOGIO DE LA POLÍTICA

FESTINA LENTE

jueves, 12 de noviembre de 2009

Para UPyD se puede hablar de degeneración democrática en el Ayuntamiento de Gijón: El caso Blanco lo demuestra.

CEL de GIJÓN

13 de noviembre de 2009

La postura que toma el Ayuntamiento de Gijón en el caso Blanco es el resultado de la degeneración democrática que vive el Consistorio gijonés, fruto de treinta años de gobierno del PSOE y la complicidad interesada de IU. Los defectos administrativos detectados en la tramitación del Plan Parcial de Cabueñes, la causa judicial abierta a quien fuera arquitecto jefe Ovidio Blanco o las posibles responsabilidades políticas en que hayan incurrido máximos responsables municipales, deberían obligar al equipo de gobierno a seguir una estrategia completamente distinta a la que se está siguiendo hasta ahora y que no es otra que la de negar la realidad y escurrir el bulto.

12 de noviembre de 2009.- La posición del Ayuntamiento de Gijón respecto al proceso que se sigue contra quien fuera arquitecto jefe en el Consistorio, Ovidio Blanco, resulta intolerable y demuestra , como mínimo, el nulo interés que existe por conocer la verdad y depurar responsabilidades. Para Unión Progreso y Democracia la falta de ética política y transparencia en la labor de gobierno se ha instalado definitivamente entre los máximos responsables públicos de la ciudad. Recordemos que en ningún momento , desde el inicio del escándalo que afecta a la parroquia de Cabueñes, el Ayuntamiento ha llevado la iniciativa con el objeto de esclarecer los hechos. Antes al contrario, ha ido siempre a remolque: negó al principio cualquier irregularidad despreciando chulescamente el compromiso ciudadano por saber la verdad. Posteriormente, y dadas las evidencias, se personó en la causa como acusación particular básicamente para lavar la cara ante la opinión pública Y ahora, en el colmo de la desfachatez y con el dinero de los gijoneses, para pedir por medio de su abogado el sobreseimiento de la causa al menos en los delitos de tráfico de influencias y uso de información privilegiada por posible prescripción de los mismos.

Para Armando Fernández Bartolomé, coordinador de UPyD en Gijón, “el caso Blanco viene a demostrar, más allá de irregularidades puramente urbanísticas por todos conocidas y que afectan de lleno al Plan General de Ordenación Urbana, la sordera antidemocrática que padece el vetusto gobierno de la ciudad sustentado por el PSOE e IU. No puede ser que el Ayuntamiento se pelee como gato panza arriba contra unos ciudadanos que solo quieren que se les oiga y se despejen las dudas y los puntos más oscuros de una actuación que afecta a su parroquia y a todos los gijoneses. La postura del equipo de gobierno debería ser radicalmente distinta por responsabilidad y compromiso con toda la ciudad: iniciativa inequívoca en el esclarecimiento de todo este feo asunto y admisión ya de responsabilidades políticas.
Desde UPyD exigimos que se expliquen de una vez por todas las razones e intereses que asisten al Ayuntamiento para actuar con la prepotencia y oscuridad con la que lo está haciendo y no se refugie en la ambigüedad, haciendo confundir el interés general con una operación que hasta el momento solo destaca por el cúmulo de irregularidades que presenta. PSOE e IU están obligados a dar explicaciones convincentes que no dejen resquicio a la especulación y la sospecha en un tema tan delicado como el urbanismo”.


Comité Electoral de UPyD en Gijón.

http://www.elcomerciodigital.com/20091113/gijon/upyd-dice-ayuntamiento-tiene-20091113.html

El TSJA tumba el PGOU por irregularidades

El Tribunal Superior de Justicia tumba el PGOU por irregularidades en su tramitación

El recurso de una familia de Mareo anula el Plan General por encubrir como modificación puntual lo que fue una amplia revisión y por saltarse la evaluación de impacto ambiental
M. SUÁREZ / M. CASTRO

Una familia de Mareo ha logrado lo que no pudieron tres «marchas verdes»; tumbar el Plan General de Ordenación Urbana de Gijón, que desde su concepción levantó ampollas en la zona rural.
Una sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Asturias (TSJA) ha anulado el PGOU aprobado en 2005 y en 2007 (tras incluir varios recursos) debido a irregularidades en su tramitación y la falta de evaluación de impacto ambiental.
En el momento en el que la sentencia sea firme, con la anulación del PGOU quedarán sin soporte jurídico todos los planes parciales que no hayan sido aprobados definitivamente, como son el que desarrollará la zona de la barrera ferroviaria y la mayor parte de los desarrollos urbanísticos previstos para la zona rural, como los de Castiello y Cabueñes. No afectará a los planes parciales ya aprobados ni a las licencias ya concedidas.
El meollo de la sentencia está en la decisión que tomó en su día el Ayuntamiento para tramitar como una modificación puntual y no como una revisión general los cambios en el PGOU, para adaptarlo a la ley del Suelo del Principado de Asturias, que eliminaba la figura de suelo genérico. Pero el alcance de los cambios en el planeamiento era mayor que los de una mera modificación puntual. Se trataba de una «reconfiguración del modelo territorial existente, entrañando una modificación sustancial de este», según la sentencia del TSJA, en la que se estima que en este caso «se ha encubierto una genuina operación de revisión bajo un indebido supuesto de modificación puntual».
El Tribunal cuestiona «el deficiente período de información pública», «la falta de documentos esenciales» y «el deficiente estudio económico y financiero» consecuencia de la inadecuada tramitación que efectuó el Ayuntamiento. Por sí solos, elementos suficientes para anular el plan.
Pero hay más. El TSJA también echa en falta la evaluación de impacto ambiental, exigible para «transformaciones de uso de suelo que afectan a superficies superiores a 100 hectáreas» debido a que las mismas suponen la «destrucción integral de la capa de suelo y la alteración de la topografía» y por lo tanto implican la «eliminación de la cubierta vegetal arbustiva o arbórea» por lo que la «falta» de la evaluación de impacto ambiental «determina la nulidad del plan», agrega la sentencia.
En el caso de que la sentencia cobre firmeza, uno de los problemas que tendrá que afrontar el Ayuntamiento es precisamente el de la tramitación medioambiental.
Esta tramitación tendrá que cumplir el convenio de Aarhus, que se traspuso en 2006 a la legislación española y que establece criterios de mayor participación ciudadana en planes que afecten al medio ambiente y que supone que el Ayuntamiento deberá estar abierto a las opiniones y sugerencias de colectivos y ciudadanos particulares antes de la elaboración provisional del plan.
Hasta ahora, el Ayuntamiento planteaba la idea y luego abría un período de alegaciones.
Según explicaron fuentes jurídicas, evitar el convenio de Aarhus fue uno de los motivos que llevó al Ayuntamiento a acelerar la tramitación del PGOU, lo que a la larga ha supuesto su anulación.Además de la tramitación por una vía incorrecta y de la falta de evaluación ambiental, el alto tribunal aprecia un tercer motivo para anular el planeamiento gijonés: el que en 2007 el Ayuntamiento incorporara recursos de reposición a un Plan General que en teoría ya había aprobado de manera definitiva.
La sentencia, dictada el pasado miércoles, resuelve la primera de las siete demandas interpuestas en el mismo sentido, todas ellas planteadas por el abogado gijonés Antonio García González.
Las otras seis corresponden a colectivos vinculados a la zona rural gijonesa. Una de ellas fue interpuesta por la Federación vecinal «Les Caseríes».
Primeros trámites
El Ayuntamiento de Gijón empezó a abordar la revisión del PGOU y su adaptación a la nueva ley del Suelo de Asturias en 2002. El trabajo se adjudica al estudio del arquitecto Luis Felipe Alonso Teixidor. En diciembre de 2003, se saca a información pública su propuesta urbanística. Es el inicio de una tramitación que no se zanja totalmente hasta el año 2007.
Protestas
Las recalificaciones que se derivaron de esta revisión urbanística provocaron movilizaciones ciudadanas desde el mismo momento en que se hizo público el contenido del nuevo PGOU.
Este documento abría la puerta de la zona rural a la construcción de bloques de pisos.
Por contra, prohibía la construcción de viviendas unifamiliares en zonas agrarias venidas a menos, donde el terreno perdió valor.
La mayoría de parroquias del concejo mostraron su rechazo movilizándose en la calle.
Sus «marchas verdes» (se organizaron tres) llegaron a reunir en el centro de Gijón a 10.000 vecinos.
Aprobación
El Pleno municipal aprobó definitivamente el PGOU de Teixidor en diciembre de 2005, después de que su diseño urbanístico de la ciudad recibiese más de 3.000 alegaciones.
El texto refundido con la contestación a estas alegaciones obtiene luz verde en abril de 2007.
Contenciosos
Varios colectivos gijoneses deciden recurrir al Tribunal Superior de Justicia para hacer valer sus intereses. El miércoles se respondía a uno de ellos con una sentencia que anula el PGOU.
Se detectan irregularidades medioambientales y de tramitación.
Publicado en La Nueva España el 17 de julio de 2009

Texto integro fiscalia

El fiscal superior de Asturias, Gerardo Herrero Montes, y el fiscal Joaquín de la Riva Llerandi firmaron el 5 de junio el decreto de denuncia al arquitecto municipal, Ovidio Blanco Suárez, por presuntos delitos de cohecho, uso de información privilegiada y tráfico de influencias por sus operaciones en Cabueñes. En esta página se ofrece íntegro el texto del decreto de la fiscalía del Tribunal Superior.

t Antecedentes

1º.- El pasado día 18 de marzo de 2009 se recibió en la Fiscalía de Área de Gijón diversa documentación remitida por el Ayuntamiento de dicha localidad en relación con las informaciones aparecidas en diversos medios de comunicación sobre las plusvalías obtenidas por el jefe del Servicio Técnico de Urbanismo del Ayuntamiento de Gijón, D. Ovidio Blanco Suárez, mediante la compra y posterior venta de una finca.

2º.- En el mismo día se decretó por la Fiscal-Jefe de la Fiscalía de Área la apertura de Diligencias Informativas que se registraron entre las de su clase con el número 68/09. Por Acuerdo de 19 de marzo de 2009 se resolvió la remisión de dichas Diligencias Informativas al Fiscal Delegado de Medio Ambiente y Urbanismo. Con registro de salida de fecha 20 de marzo de 2009, el Ayuntamiento de Gijón remite nueva documentación al Fiscal Delegado de Medio Ambiente y Urbanismo. El 24 de marzo de 2009, el Grupo Municipal del Partido Popular del Ayuntamiento de Gijón remite diversa documentación relacionada con los hechos objeto de las informaciones aparecidas en diversos medios de comunicación y solicitan se les tenga como parte en las Diligencias de Investigación. Con registro de salida de fecha 25 de marzo de 2009, el Ayuntamiento de Gijón remite nueva documentación al Fiscal Delegado de Medio Ambiente y Urbanismo. El día 1 de abril de 2009 la Plataforma Ciudadana contra el Muro de Cabueñes presenta ante la Fiscalía abundante documentación en soporte digital. Los días 7 y 14 de abril de 2009, la Portavoz del Grupo Municipal del Partido Popular del Ayuntamiento de Gijón presentó más documentación relativa al caso. Con registro de salida los días 8 y 30 de abril, el Ayuntamiento de Gijón aporta nueva documentación relacionada con los hechos investigados. El 28 de mayo de 2009 se recibe en la Fiscalía copia del Expediente Disciplinario incoado por el Ayuntamiento de Gijón a Ovidio Blanco Suárez. Por Decreto del Fiscal Superior se resolvió incoar Diligencias de Investigación al poder revestir los hechos objeto de las Diligencias Informativas caracteres de infracción penal que se registraron entre las de su clase con el número 135/09, designándose Fiscal Instructor al Fiscal Delegado de Medio Ambiente y Urbanismo.
Consideración
Tras el estudio de la documentación remitida por las entidades anteriormente reseñadas se pueden objetivar los siguientes hechos: Ovidio Blanco Suárez toma posesión en el Ayuntamiento de Gijón de la plaza de Arquitecto Superior el día 2 de julio de 1979. Tras una excedencia voluntaria concedida con efectos de 1 de agosto de 1981, reingresa el día 10 de noviembre de 1981, prestando servicios en la categoría de Arquitecto Superior, hasta el día 1 de febrero de 1992 en que ocupó, en comisión de servicios, el puesto de Jefe del Servicio Técnico de Urbanismo del Ayuntamiento de Gijón, puesto que se le adjudica por el procedimiento de libre designación, el día 1 de junio de 1992. El 13 de marzo de 1992, mediante escritura pública, y en unión de su esposa, M.ª Piedad Rodríguez Casado, adquiere a la empresa de promoción y venta de inmuebles, Hoyant S. L., una finca de 2.491'91 m², al precio de 1.250.000 pesetas (7.513 euros), la cual se segrega de otra denominada La Llosona de 25.772'43 m², que dicha mercantil adquiere a M.ª del Carmen de Vereterra y Polo en escritura de 19 de diciembre de 1991, cuando tiene una calificación de suelo no urbanizable, finca sita en el barrio de La Pontica, parroquia de Cabueñes, Concejo de Gijón. La empresa Hoyant S. L. la componen Horacio Costales de Arriba y Antonio Cueto Gancedo. El 26 de octubre de 1998, Mª Piedad Rodríguez Casado y Ovidio Blanco Suárez, sin una aparente justificación, revenden a Hoyant la finca adquirida el 13 de marzo de 1992, por el precio de 1.400.000 pesetas (8.414 euros).
Por Resolución de la Alcaldía de Gijón de 4 de noviembre de 2002 se adjudica a PAU LANDER S.L. la asistencia técnica para la adaptación del PGOU de Gijón a la Ley 3/2002 del Principado de Asturias, de Régimen de Suelo y Ordenación Urbanística.
Por Acuerdo de la Comisión de Gobierno del Ayuntamiento de Gijón de 16 de diciembre de 2003 se procede a la apertura del trámite de información pública por plazo de un mes del documento de adaptación del PGOU de Gijón a la Ley 3/2002 del Principado de Asturias, de Régimen de Suelo y Ordenación urbanística.
El día 1 de enero de 2004, Ovidio Blanco Suárez pasa a la situación de excedencia voluntaria. Asimismo, sin aparente explicación, por escritura pública de fecha 29 de julio de 2004, y cuando ya era público que toda la extensión de la finca La Llosona pasaría a tener la condición de suelo urbanizable, Horacio Costales de Arriba y los herederos de Antonio Cueto Gancedo, que había fallecido el 26 de abril de 1999, venden de nuevo a Ovidio Blanco Suárez y a su esposa M.ª Piedad Rodríguez Casado, la finca de 2.491'91 m.², segregada en su día de La Llosona y que habían adquirido a Hoyant el 13 de marzo de 1992 y vuelto a vender a Hoyant el 26 de octubre de 1998, esta vez en 20.434 euros, a razón de 8'20 euros el metro cuadrado.
En escritura pública de fecha 11 de julio de 2005, Ovidio Blanco y su esposa conceden un derecho de opción de compra sobre la repetida finca, a la vez que los titulares registrales de otras tres fincas más, a la entidad Inmobiliaria Urbis, por el precio de 90.150 euros. En dicha escritura se recogía que «la validez y eficacia del derecho de Opción de Compra queda condicionada a que, con anterioridad al día 11 de julio de 2006 quede definitivamente aprobada la revisión del Plan General de Ordenación Urbana de Gijón, actualmente en tramitación, de forma que el sector en el que se encuentran incluidos los terrenos objeto del presente contrato le correspondan los parámetros urbanísticos que han quedado señalados en la escritura que motiva este asiento». También se recogía en la Escritura que «el precio global y definitivo de la compraventa será el que resulte de multiplicar la superficie de cada una de las fincas objeto de la compraventa, por doscientos cuarenta euros con cuarenta céntimos de euro por metro cuadrado de suelo», disminuido en lo abonado como precio de la opción.
En Escritura Pública de fecha 26 de enero de 2006, Ovidio Blanco y M.ª Piedad Rodríguez Casado venden a la entidad Inmobiliaria Urbis por 617.420 euros la finca anteriormente aludida. Junto con Ovidio y su esposa, en la misma escritura comparece también Horacio Costales de Arriba, el cual lo hace en su propio nombre y también como administrador único de Hoyant S.L. Como tal administrador vende a Inmobiliaria Urbis la finca La Llosona, incluida en el ámbito del sector de suelo urbanizable UZN-C.1 (S) «Universidad- Cabueñes», del PGOU de Gijón aprobado definitivamente por el pleno del Ayuntamiento de Gijón con fecha de 30 de diciembre de 2005, al igual que la que vende Ovidio Blanco y su esposa. Por dicha venta Hoyant recibe 5.704.798'48 euros.
El 28 de junio de 2007 se presenta por Ovidio Blanco, ante el Ayuntamiento de Gijón, el documento correspondiente al Plan Parcial de Cabueñes, en representación de Lomas Barajas S. L., Reyal Urbis S. A. y Promesa, documento firmado por el propio Ovidio Blanco y otra Colegiada.

De la anterior exposición objetiva de hechos se desprende, al menos indiciariamente, la posible comisión por parte del denunciado de delitos tipificados en el Título XIX del Código Penal, Delitos contra la Administración Pública, que es necesario investigar.

El innegable lucro obtenido por el denunciado con la compra de la finca realizada el 13 de marzo de 1992 y su posterior venta, en cuantía superior a los 600.000 euros, las reiteradas compras y ventas de la misma finca a la empresa Hoyant, la cual obtiene también unas plusvalías que superan los cinco millones de euros, apuntan a la posible comisión de delitos de cohecho y/o uso de información privilegiada y/o tráfico de influencias, teniendo en cuenta que el denunciado, desde los cargos de Arquitecto Superior, primero y Jefe del Servicio Técnico de Urbanismo del Ayuntamiento de Gijón después, era conocedor, de manera prácticamente exclusiva, del urbanismo gijonés y en concreto, de las más que probables recalificaciones de terreno de diversas zonas del concejo de Gijón, en las que se iban a llevar a cabo, a corto o medio plazo, proyectos de desarrollo urbanístico. Ese conocimiento de tan valiosa información, la compra de un terreno no urbanizable en un principio, su inclusión posterior en el sector de suelo urbanizable UZN-C.1 (S) «Universidad-Cabueñes» y su posterior venta con la obtención de una enorme plusvalía obliga a investigar los delitos anteriormente enunciados, por si hubiese facilitado información urbanística a cambio de recibir una contraprestación o hubiese influido de alguna manera en quien tenía encomendada la adaptación del PGOU de Gijón a la Ley 3/2002 del Principado de Asturias para que determinadas fincas se incluyesen en el referido sector de suelo urbanizable UZN-C.1 (S) «Universidad-Cabueñes».

En consecuencia, DECRETO Que se formule denuncia contra Ovidio Blanco Suárez ante el Juzgado de Instrucción que corresponda de los de Gijón, por la presunta comisión de delitos tipificados en el Títulos XIX del Código Penal, Delitos contra la Administración Pública.

Notifíquese esta resolución al Ayuntamiento de Gijón, a la Plataforma Ciudadana contra el Muro de Cabueñes y al Grupo Municipal del Partido Popular del Ayuntamiento de Gijón, y, verificado, archívese el expediente.