ELOGIO DE LA POLÍTICA

FESTINA LENTE

domingo, 14 de noviembre de 2010

El juez paraliza el centro comercial del Piles

El auto judicial que decreta la paralización de las obras del centro comercial y de ocio que impulsa Astur Promotora está vinculado al recurso contencioso que los pequeños propietarios de la zona interpondrán contra el Ayuntamiento. El mismo juzgado que tendrá que pronunciarse en el futuro sobre la demanda de los vecinos ha aceptado la aplicación de medidas cautelares en la Ería del Piles basándose en la nulidad del Plan Teixidor. Una normativa urbanística cuestionada por los tribunales de la que surgió la propuesta de desarrollar por junta de compensación ese ámbito de la fachada marítima desgajado del PERI-11 en que, anteriormente, el Ayuntamiento intentó fallidamente promover un balneario mediante el sistema de expropiación.
El titular del Juzgado Contencioso-Administrativo número 1 de Gijón argumenta que la sentencia de julio de 2009 que anuló el PGOU, y en el que se basa la UA-100, «comporta una apariencia de buen derecho a favor de los recurrentes que solicitan la suspensión» del acuerdo municipal que dio luz verde al proyecto de centro comercial y de ocio del Piles presentado el pasado verano en maqueta en la Feria de Muestras. Un proyecto que incluye, como elemento más singular y controvertido, una torre acristalada de trece plantas más bajo que se levantará a 40 metros de altura.
El magistrado dice en el auto que, a pesar de que el fallo judicial contra el PGOU no es firme -aún tiene que pronunciarse el Tribunal Supremo-, obviarlo equivaldría a «privar de efectos y trascendencia a la anulación acordada en dicha sentencia».
Además, al analizar los intereses en conflicto, decide suspender el acto administrativo de aprobación definitiva del proyecto de compensación de la UA-100 para «preservar el efecto útil de la futura sentencia que se dicte» y, al mismo tiempo, «evitar situaciones irreversibles o de difícil o costosa reversibilidad», como la demolición de las viviendas en las que residen actualmente tres ancianos.
Sobre los derribos que intentan evitar los pequeños propietarios de La Ería el juez pone de relieve que «existe una jurisprudencia reiterada según la cual la demolición da lugar a una destrucción de riqueza que puede ser injustificada en caso de estimación del recurso contencioso-administrativo, y por tanto, salvo exigencias inmediatas de interés público ha de evitarse en tanto no exista sentencia firme». Del mismo modo, también indica que hay sentencias también reiteradas que determinan que, salvo circunstancias especiales, «prima la ejecución de proyectos de reparcelación o compensación sobre los daños y perjuicios que puedan causarse a los particulares afectados».
Los demandantes han solicitado al Ayuntamiento el expediente completo de la actuación para interponer un recurso en el que solicitarán la anulación de todos los actos administrativos aprobados en los últimos cuatro años por el Consistorio para retrotraer la situación urbanística de la unidad 100 al momento procedimental anterior al estudio de detalle. Esto supondría remontarse a 2006 y borrar, además de ese estudio de detalle, los proyectos de actuación, urbanización y reparcelación.
En su recurso, los vecinos que han conseguido la paralización cautelar de cualquier obra relacionada con el complejo de ocio del Piles, tratarán de sacar a la luz en los tribunales los errores tanto de forma y fondo que, a su juicio, se han cometido durante la tramitación urbanística del proyecto que promueve Astur Promotora. Entre otras cuestiones, señalarán como irregularidad la ausencia de un informe preceptivo y vinculante de la Demarcación de Costas. También consideran como causa de nulidad de pleno derecho el derribo de sus viviendas unifamiliares basándose en el artículo 192 del texto refundido de las disposiciones vigentes de Ordenación del Territorio y Urbanismo en Asturias (TROTUAS).
El Ayuntamiento tiene ahora 15 días para interponer recurso de apelación ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del TSJA, precisamente la misma que anuló a través de una treintena de sentencias el PGOU de 2005.
El juez titular del Juzgado de lo Contencioso Administrativo número 1 de Gijón ha aceptado las medidas cautelares solicitadas por vecinos de la Ería del Piles para que se paralice cualquier obra relacionada con el complejo comercial y de ocio que un grupo empresarial promueve en la zona. El auto judicial también suspende, hasta que se dicte sentencia sobre el fondo del asunto, el acto administrativo por el que el Ayuntamiento aprobó de forma definitiva el proyecto de reparcelación que afecta a 38.556 metros cuadrados en la denominada unidad de actuación (UA-100).
El magistrado asegura que «a fin de evitar situaciones irreversibles o de difícil o costosa reversibilidad», en referencia a los derribos de los chalés de los demandantes, se debe tener en cuenta las sentencias del Tribunal Superior de Justicia de Asturias (TSJA) que han anulado el Plan General de Ordenación Urbana (PGOU) de 2005. El juez destaca en su fundamentación jurídica que el desarrollo por compensación del complejo de ocio emana y viene configurado por la norma urbanística tumbada por los tribunales. Además, exime a los pequeños propietarios de la Ería del Piles del pago de fianza y costas por la aplicación de las medidas cautelares, a pesar de que el Consistorio les reclamaba una caución de 671.000 euros para responder a los posibles perjuicios ocasionados.

Estado laico, personas libres

Por Francesc de Carreras, catedrático de Derecho Constitucional de la UAB (LA VANGUARDIA, 11/11/10):
A la memoria de Àlex Seglers, gran amigo, con quien me hubiera gustado discutir este artículo.
La visita del Papa a España ha renovado, como era de esperar, la polémica sobre la laicidad del Estado y sus relaciones con la Iglesia católica. Durante su estancia en Barcelona, algunos grupos se han manifestado en contra del Papa y otros han criticado el trato que las autoridades, tanto estatales como autonómicas y locales, le han dispensado. No obstante, en un balance global, creo que la visita ha discurrido dentro de lo que podríamos denominar normalidad.
Tanto en Santiago como en Barcelona, una gran mayoría de ciudadanos, a tenor de la fría acogida que en sus recorridos por las calles ha tenido el Papa, se han mostrado indiferentes ante su visita. Ello, creo, se corresponde con la creciente secularización de la sociedad española. Asimismo, los grupos que se han manifestado de forma insidiosa en contra han sido muy minoritarios, una muestra de que en España el distanciamiento de la fe religiosa no implica hostilidad, ni a la religión, ni a quienes se declaran creyentes. Por ello han sido muy poco acertadas las palabras del Papa en las que establecía un símil entre la situación española actual y el anticlericalismo de la época de la Segunda República. Alguien le informó mal, muy mal, porque no hay comparación posible. Afortunadamente, la sociedad española, en esta y en otras materias, es infinitamente más abierta y tolerante que entonces.
Por último, las autoridades políticas han acogido al Papa dentro del amplio marco de la función que tienen constitucionalmente asignada. En efecto, el artículo 16.3 de la Constitución establece que “ninguna confesión tendrá carácter estatal”. Pero a renglón seguido añade que “los poderes públicos tendrán en cuenta las creencias religiosas de la sociedad española y mantendrán las consiguientes relaciones de cooperación con la Iglesia católica y las demás confesiones”. Por tanto, el Estado es laico – o no confesional, no veo diferencias de fondo-, pero debe tener en cuenta las creencias religiosas de la sociedad española, en especial la religión católica, y a tal efecto mantener relaciones de cooperación con las distintas confesiones de forma proporcionada a su significación social. Dado que la religión católica es, con enorme diferencia, la más numerosa, las autoridades se han comportado de acuerdo con este mandato constitucional.
La laicidad es un componente esencial de la idea de democracia. Estado laico y Estado confesional son conceptos antitéticos. En efecto, el Estado confesional es aquel que adopta como propia una determinada creencia, concede privilegios a sus fieles y, por tanto, discrimina a quienes profesan otras religiones o a quienes no profesan religión alguna. El privilegio es, por definición, opuesto a la igualdad y, por tanto, discriminatorio. En un Estado confesional, esa discriminación, tal desigualdad de trato, impide que denominemos ciudadanos a quienes componen su población, ya que la condición de ciudadano presupone la igualdad de derechos. En consecuencia, un Estado confesional no puede ser ni liberal ni democrático, porque vulnera los principios de libertad – al no reconocer el pluralismo que deriva de esta libertad-y de igualdad.
Por el contrario, el Estado laico es imparcial respecto de las diversas creencias precisamente porque, como tal Estado, no profesa creencia alguna. Se puede objetar que los valores en que se basa el Estado de derecho, básicamente la libertad y la igualdad, son también creencias cuya naturaleza no es distinta a las de cualquier religión. Por tanto, si admitimos esta objeción, nuestros estados constitucionales son también confesionales aunque basados en una creencia distinta a la religiosa pero creencia al fin: que todos los hombres son libres e iguales.
Esta conclusión sería aceptable si no tuviéramos en cuenta el valor democracia, es decir, si no consideráramos al poder político como expresión de la voluntad de los ciudadanos. Como ya sostuvo Rousseau, obedecer al Estado democrático o, lo que es lo mismo, obedecer las leyes democráticas, es una forma de obedecernos a nosotros mismos, ya que precisamente somos nosotros quienes hemos aprobado estas leyes; en definitiva, la obediencia a la ley democrática es un presupuesto necesario para el ejercicio de nuestra libertad, de la libertad individual igual para todos. Por tanto, en un Estado de derecho liberal y democrático no puede haber una creencia externa a nosotros que pueda imponerse contra nuestra voluntad – como sería el caso de una religión oficial en un Estado confesional-,sino que la finalidad de este Estado, que nos hemos dado nosotros mismos mediante un implícito contrato mutuo, es hacer posible, en la misma medida para todos, el libre ejercicio de nuestra voluntad.
Laicidad y democracia son, en consecuencia, indisociables. Por definición, toda democracia es laica. Y como no hay democracia sin libertades individuales, en un Estado laico, no confesional, cualquiera puede practicar la religión que desee mientras esta actividad no vulnere la ley. El Estado es laico, las personas son libres.

UPyD Asturias. Nota de prensa


Respecto a la negociación presupuestaria que se está llevando a cabo entre las fuerzas políticas de PSOE e IU.

UPyD quiere señalar que el Gobierno Asturiano se ha acostumbrado a convertir este tipo de negociaciones en un ejercicio de ficción. La intención del ejecutivo es escenificar un proceso que culmine con la aprobación de unos presupuestos irreales, contentando a IU como socio de gobierno, y no pensando en el interés de nuestra comunidad y de las necesidades actuales de la población asturiana y española. 

Con la previa experiencia de la cifra de los 4.428 millones de euros aprobados tras el mismo tipo de negociación en diciembre de 2009, la realidad y el Estado obligaron en mayo de 2010, en la reunión del Consejo de Política Fiscal y Financiera, a reconocer la falsedad de las cuentas públicas aprobadas por el Gobierno del Principado de Asturias, aprobando una reducción del presupuesto que lo dejó en 4.200 millones de euros, siendo el gasto realmente a ejecutar en 2010, en el mejor de los casos,  3.900 millones de euros.

Desde UPyD Asturias demandamos la elaboración de un presupuesto creíble que parta de un auténtico plan de austeridad y contemple tanto la eliminación de todo gasto superfluo, como la introducción de verdaderas medidas de eficiencia en la gestión pública, como única vía para sostener financieramente los servicios públicos en el futuro inmediato, sin el cual todo saneamiento presupuestario resulta pura ficción.

Ignacio Prendes, candidato de UPyD a la presidencia de la JGPA ha declarado “Se repite la historia en la negociación presupuestaria, el presupuesto recogerá los intereses electorales por encima de los intereses de los ciudadanos. La cifra que se arrojará a la opinión pública vendrá dirigida por los intereses políticos y no por la realidad de unos ingresos mermados, lo que en un escenario cómo el actual resulta tremendamente peligroso

UPyD Gijon critica que El Ayuntamiento alimente su red clientelar con talleres para la igualdad en los colegios, asunto a tratar en todo caso por la comunidad educativa

11 de noviembre de 2010.- La concejala de Empleo, Igualdad y Juventud, Begoña Fernández, presentó la sexta edición del programa Educar para la Igualdad en la que habrá un total de 429 talleres distribuidos entre los ciclos de Infantil, Primaria, Secundaria y Bachillerato.

Para Armando Fernández Bartolomé, candidato de UPyD a la Alcaldía de Gijón “¿Por qué que no se nos dice desde la Concejalía cuánto cuestan estos programas?. Lo cierto es que son absolutamente prescindibles porque la tarea de educar es propia de los colegios y debería ser competencia en todo caso de la comunidad autónoma. ¿Qué hace el Ayuntamiento metiéndose en estos fregaos? ¿Cuántos sueldos están relacionados con esta actividad?”

Unión Progreso y Democracia considera urgente definir con claridad las competencias de los Ayuntamientos, y cada mochuelo a su olivo.

Pasen y vean

JORGE J. URÍA A qué juegan? El papelón del vicealcalde Montes Estrada en toda este asunto no llama la atención de nadie a estas alturas, y es que afearle de forma airada la conducta a la Autoridad Portuaria por querer dar uso residencial a los suelos que ocupó Naval Gijón forma parte del reparto de funciones que se han asignado desde el Ayuntamiento para no hacer ver a los ciudadanos las tropelías que esconde un plan urbanístico como el diseñado para esta ciudad, que camina en dirección contraria a lo que instancias europeas consideran ciudades de futuro, aquellas que manejarán una traza compacta y sostenible, alejada de la dispersión defendida por el propio Montes Estrada cuando alude a que hay otros sitios para hacer pisos.

Tras la impostura y las poses de indignación que diferentes responsables políticos han mostrado, se esconde el fracaso de toda una gestión, la que no ha sabido o no ha querido defender el potencial industrial que en su día tuvo una parte de la costa oeste gijonesa y que ahora quieren maquillar como Parque Tecnológico. Antes de ocupar de forma salvaje el entorno rural del concejo, desparramando recursos que encarecerán servicios públicos como recogida de basuras o transporte público convirtiendo Gijón en una ciudad poco eficiente incluso desde el punto de vista medioambiental, deberíamos hacer un esfuerzo por encontrar en el casco urbano zonas en las que poder conjugar la construcción de viviendas con espacios verdes y de esparcimiento ciudadano. Izquierda Unida y el Partido Socialista no quieren pisos de lujo sobre los restos de Naval Gijón: los prefieren en Granda o Castiello, en un intento de lavar su conciencia a sabiendas de que perpetuar el uso industrial de suelo a cinco minutos del centro urbano tenía los días contados. Tal vez por eso dejaron caer los astilleros, para que al final, después de tanta puesta en escena, el Ayuntamiento, representando el papel de dama indignada por los pellizquitos de monja que le procura su amante, la Autoridad Portuaria, se acaben construyendo pisos frente al mar que se sumarán a los proyectados en las parroquias rurales.

Las sombras de El Musel, con sus sobrecostes, el diseño de una planta regasificadora al lado de núcleos habitados, el fracaso de los aportes de arena para la playa de San Lorenzo o la última sentencia del Tribunal Supremo suspendiendo cautelarmente el desmonte del Alto Aboño no han conseguido que Izquierda Unida y el propio Partido Socialista pidan explicaciones a la Autoridad Portuaria. Lo hace, sin embargo, la construcción de pisos donde hemos enterrado unos astilleros, terreno abonado para la demagogia a la que nos tienen acostumbrados.