ELOGIO DE LA POLÍTICA

FESTINA LENTE

miércoles, 22 de noviembre de 2017

Contra impuestos de carácter confiscatorio

A LA MESA DE LA JUNTA GENERAL DEL PRINCIPADO
D. Nicanor García Fernández, Portavoz del Grupo Parlamentario Ciudadanos, al amparo de lo dispuesto en el artículo 199 del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente propuesta de resolución relativa al debate sobre la orientación política general del Consejo de Gobierno correspondiente al año legislativo 2017-2018.

EXPOSICIÓN DE MOTIVOS




El Texto Refundido de la Ley del Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados, aprobado por Real Decreto Legislativo 1/1993, de 24 de septiembre, en su artículo 10 y la Ley 29/1987, de 18 de diciembre, del Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones, en su artículo 9, establecen que la base imponible de estos impuestos estará constituida por el valor real de los bienes y derechos transmitidos.
El artículo 57.1.b) de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria, dispone que el valor real de un bien podrá ser comprobado por la Administración tributaria mediante “estimación por referencia a los valores que figuren en los registros oficiales de carácter fiscal” que podrá consistir en la aplicación de los coeficientes multiplicadores que se aplicarán a los valores catastrales, tratándose de bienes inmuebles.
Si bien la Administración cuenta con potestad legal para su aplicación, la Ley impide que aquélla adopte decisiones que puedan calificarse como libres, antojadizas, en suma, arbitrarias a la hora de calcular ese “valor real”, y, en este sentido, pese a que estos coeficientes suponen un instrumento que aporta estabilidad y seguridad jurídica a efectos del cálculo de las obligaciones tributarias por los particulares, el valor obtenido mediante aquellos no puede ser superior al valor real o de mercado, puesto que, además de suponer una infracción de lo establecido en la legislación vigente, esta circunstancia conllevaría el establecimiento de un tributo de carácter confiscatorio.

PROPUESTA DE RESOLUCIÓN
La Junta General del Principado de Asturias insta al Consejo de Gobierno a que, antes de finalizar el próximo período de sesiones, modifique el método de cálculo basado en coeficientes para estimar el valor real de determinados bienes inmuebles urbanos a efectos de los Impuestos sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados y sobre Sucesiones y Donaciones, al objeto de que para el cálculo de dicho valor real se contemplen, además de la variación del valor de mercado, la correspondiente al número de transacciones de inmuebles de la misma naturaleza y en el mismo concejo, así como la de otras variables relevantes que incidan sobre el precio de la vivienda como el estado de conservación del inmueble, las mejoras producidas en el mismo si las hubiere, etc., de manera que se permita un ajuste más fidedigno entre la evolución del valor fiscal de los bienes inmuebles sujetos a tributación y la de su valor real de mercado, evitando así el efecto confiscatorio que se produce cuando el primero supera al segundo.


Palacio de la Junta General del Principado de Asturias, 15 de noviembre de 2017

Propuesta de resolución. Proyecto de ley de Hacienda y Plan de contabilidad

A LA MESA DE LA JUNTA GENERAL DEL PRINCIPADO

Nicanor García Fernández, Portavoz del Grupo Parlamentario Ciudadanos, al amparo de lo dispuesto en el artículo 199 del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente Propuesta de Resolución relativa al Debate sobre la orientación política general del Consejo de Gobierno correspondiente al año legislativo 2017-2018.
EXPOSICIÓN DE MOTIVOS
En Asturias, en el ámbito presupuestario y contable de la administración autonómica, se están aplicando leyes no actualizadas. Lo recuerda año tras año la Sindicatura de Cuentas al recordar que “se hace necesario abordar con urgencia una reforma y actualización del marco normativo en materia económica, financiera, presupuestaria y contable, para dar cumplimiento a principios tan esenciales en la gestión como el de transparencia o el de estabilidad presupuestaria”.



Actualmente, en materia presupuestaria , está vigente el Texto Refundido del Régimen Económico y Presupuestario de Asturias que fue elaborado en 1998. Y en materia contable el Plan General de Contabilidad Pública del Principado de Asturias  de 1996 (con modificaciones en 2004) . Urge, por tanto, la aprobación de un nuevo plan que siga el marco del Plan general de contabilidad aprobado para el Estado Español en 2010.
Necesitamos sendos textos legales que nos  permitan una fiscalización operativa de  la Cuenta General del Principado para poder evaluar el grado de eficacia y eficiencia alcanzado en la gestión presupuestaria . Además la carencia práctica de una contabilidad analítica en la Administración del Principado de Asturias, y en la mayor parte de los organismos autónomos, impide analizar objetivamente el coste y el rendimiento de los servicios públicos ya que manejamos un presupuesto de gastos por programas que no contiene indicadores específicos para determinar el grado de cumplimiento de los objetivos programados. Todo lo dicho impide la evaluación objetiva de las políticas públicas.
PROPUESTA DE RESOLUCIÓN
La Junta General del Principado de Asturias considera necesario que antes de que finalice el próximo período de sesiones se elabore y presente a esta Cámara el Proyecto de Ley de Hacienda del Principado de Asturias y apruebe de forma urgente el Plan Contabilidad Pública del Principado de Asturias.

Palacio de la Junta General del Principado de Asturias, 15 de noviembre de 2017