ELOGIO DE LA POLÍTICA

FESTINA LENTE

lunes, 27 de noviembre de 2017

Sobre ... partir del " valor real de los inmuebles" como base imponible de determinados impuestos


Una reciente sentencia del Tribunal Supremo de 6 de abril de 2017.considera que si bien la Administración cuenta con  potestad legal para su aplicación

(El artículo 57.1.b) de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria, dispone que el valor. de un inmueble... podrá ser comprobado por la Administración tributaria mediante estimación por referencia....  que podrá consistir en la aplicación de los coeficientes multiplicadores.... que se aplicarán a los valores catastrales, tratándose de bienes inmuebles),

la Ley impide que:
- aquélla adopte decisiones que puedan calificarse  como libres, antojadizas, en suma, arbitrarias, a la hora de calcular ese “valor real”
- y que, si bien el método utilizado facilita la gestión del tributo, en contrapartida se produce un alejamiento de la realidad sustantiva del valor de cada inmueble y, de la exigencia de que la Base imponible del Impuesto esté constituida por su valor real.

Y cita, además, que la Jurisprudencia del Tribunal Supremo ha manifestado que el acto de comprobación o determinación del valor real de los bienes inmuebles comprobados por la Administración ha de ser:
a)singularizado;
b)motivado;
y c) fruto de un examen del inmueble, normalmente mediante visita al lugar.
Y considera, además, que se ha reemplazado un medio de comprobación, con ciertas imperfecciones y con un alto coste de gestión para las CCAA, por algo que no puede ser considerado como un medio de comprobación (art. 57 LGT), pues no se ejercita realmente la facultad de comprobar.

viernes, 24 de noviembre de 2017

Es urgente una Ley del Emplo publico en Asturias (Propuesta de resolución)

EXPOSICIÓN DE MOTIVOS

Los empleados públicos, que suponen un porcentaje elevado de la población activa asturiana, son la principal garantía en la defensa del interés general, de ahí la importancia de asegurar una adecuada selección, su independencia, su capacitación, su formación, su reconocimiento y su profesionalidad como elementos centrales de las políticas para la función y el empleo  público en Asturias .Por ello, entre las cuestiones esenciales que deben abordarse con mayor urgencia destaca la gestión  y el papel que deben desempeñar tan importantes recursos humanos.
En nuestra Comunidad Autónoma, si bien desde la entrada en vigor del Estatuto Básico del Empleado Público se han ido dictando leyes que han abordado el desarrollo particularizado en algunas materias, es preciso abordar el desarrollo legislativo global del régimen jurídico de los empleados públicos , que integre las diversas reformas acaecidas desde el año 1985, para ganar en equidad, eficacia y eficiencia administrativa.
PROPUESTA DE RESOLUCIÓN
La Junta General del Principado de Asturias emplaza al Gobierno del Principado de Asturias a que, antes de que finalice el siguiente periodo de sesiones, se presente ante esta cámara, por parte del ejecutivo, un Proyect

miércoles, 22 de noviembre de 2017

Contra impuestos de carácter confiscatorio

A LA MESA DE LA JUNTA GENERAL DEL PRINCIPADO
D. Nicanor García Fernández, Portavoz del Grupo Parlamentario Ciudadanos, al amparo de lo dispuesto en el artículo 199 del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente propuesta de resolución relativa al debate sobre la orientación política general del Consejo de Gobierno correspondiente al año legislativo 2017-2018.

EXPOSICIÓN DE MOTIVOS




El Texto Refundido de la Ley del Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados, aprobado por Real Decreto Legislativo 1/1993, de 24 de septiembre, en su artículo 10 y la Ley 29/1987, de 18 de diciembre, del Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones, en su artículo 9, establecen que la base imponible de estos impuestos estará constituida por el valor real de los bienes y derechos transmitidos.
El artículo 57.1.b) de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria, dispone que el valor real de un bien podrá ser comprobado por la Administración tributaria mediante “estimación por referencia a los valores que figuren en los registros oficiales de carácter fiscal” que podrá consistir en la aplicación de los coeficientes multiplicadores que se aplicarán a los valores catastrales, tratándose de bienes inmuebles.
Si bien la Administración cuenta con potestad legal para su aplicación, la Ley impide que aquélla adopte decisiones que puedan calificarse como libres, antojadizas, en suma, arbitrarias a la hora de calcular ese “valor real”, y, en este sentido, pese a que estos coeficientes suponen un instrumento que aporta estabilidad y seguridad jurídica a efectos del cálculo de las obligaciones tributarias por los particulares, el valor obtenido mediante aquellos no puede ser superior al valor real o de mercado, puesto que, además de suponer una infracción de lo establecido en la legislación vigente, esta circunstancia conllevaría el establecimiento de un tributo de carácter confiscatorio.

PROPUESTA DE RESOLUCIÓN
La Junta General del Principado de Asturias insta al Consejo de Gobierno a que, antes de finalizar el próximo período de sesiones, modifique el método de cálculo basado en coeficientes para estimar el valor real de determinados bienes inmuebles urbanos a efectos de los Impuestos sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados y sobre Sucesiones y Donaciones, al objeto de que para el cálculo de dicho valor real se contemplen, además de la variación del valor de mercado, la correspondiente al número de transacciones de inmuebles de la misma naturaleza y en el mismo concejo, así como la de otras variables relevantes que incidan sobre el precio de la vivienda como el estado de conservación del inmueble, las mejoras producidas en el mismo si las hubiere, etc., de manera que se permita un ajuste más fidedigno entre la evolución del valor fiscal de los bienes inmuebles sujetos a tributación y la de su valor real de mercado, evitando así el efecto confiscatorio que se produce cuando el primero supera al segundo.


Palacio de la Junta General del Principado de Asturias, 15 de noviembre de 2017

Propuesta de resolución. Proyecto de ley de Hacienda y Plan de contabilidad

A LA MESA DE LA JUNTA GENERAL DEL PRINCIPADO

Nicanor García Fernández, Portavoz del Grupo Parlamentario Ciudadanos, al amparo de lo dispuesto en el artículo 199 del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente Propuesta de Resolución relativa al Debate sobre la orientación política general del Consejo de Gobierno correspondiente al año legislativo 2017-2018.
EXPOSICIÓN DE MOTIVOS
En Asturias, en el ámbito presupuestario y contable de la administración autonómica, se están aplicando leyes no actualizadas. Lo recuerda año tras año la Sindicatura de Cuentas al recordar que “se hace necesario abordar con urgencia una reforma y actualización del marco normativo en materia económica, financiera, presupuestaria y contable, para dar cumplimiento a principios tan esenciales en la gestión como el de transparencia o el de estabilidad presupuestaria”.



Actualmente, en materia presupuestaria , está vigente el Texto Refundido del Régimen Económico y Presupuestario de Asturias que fue elaborado en 1998. Y en materia contable el Plan General de Contabilidad Pública del Principado de Asturias  de 1996 (con modificaciones en 2004) . Urge, por tanto, la aprobación de un nuevo plan que siga el marco del Plan general de contabilidad aprobado para el Estado Español en 2010.
Necesitamos sendos textos legales que nos  permitan una fiscalización operativa de  la Cuenta General del Principado para poder evaluar el grado de eficacia y eficiencia alcanzado en la gestión presupuestaria . Además la carencia práctica de una contabilidad analítica en la Administración del Principado de Asturias, y en la mayor parte de los organismos autónomos, impide analizar objetivamente el coste y el rendimiento de los servicios públicos ya que manejamos un presupuesto de gastos por programas que no contiene indicadores específicos para determinar el grado de cumplimiento de los objetivos programados. Todo lo dicho impide la evaluación objetiva de las políticas públicas.
PROPUESTA DE RESOLUCIÓN
La Junta General del Principado de Asturias considera necesario que antes de que finalice el próximo período de sesiones se elabore y presente a esta Cámara el Proyecto de Ley de Hacienda del Principado de Asturias y apruebe de forma urgente el Plan Contabilidad Pública del Principado de Asturias.

Palacio de la Junta General del Principado de Asturias, 15 de noviembre de 2017

lunes, 13 de noviembre de 2017

Pacientes que no avisan de su incomparecencia a consulta.

Pregunta del Diputado del Grupo Parlamentario Ciudadanos don Luis Armando Fernández Bartolomé al Consejero de Sanidad sobre qué medidas tiene planificadas el Servicio de Salud del Principado de Asturias para disminuir la incomparecencia de los pacientes a las consultas especializadas 

Resulta difícil comprender los motivos por los que no se avisa de la imposibilidad de acudir al médico, cuando basta con una simple llamada telefónica. Si se hiciera, otros usuarios podrían ser atendidos. Este irresponsable comportamiento provoca un incremento de las listas de espera. Las citas anuladas constituyen un tiempo perdido que obligan a demorar otras de forma innecesaria. Al mismo tiempo se resiente la calidad y el servicio de la atención sanitaria. También tiene un importante coste económica (aunque no hemos logrado que el Consejero nos diga cuanto)
Los casos para justificar las incomparecencias son muy diversos y variados, pero cuando se alcanzan cierta cifras (que tampoco supo concretar el Consejero ..."entre el 6 y el 8%") cabe debatir sobre la conveniencia de aplicar medidas, más allá de un simple toque de atención, a los pacientes reincidentes.

lunes, 6 de noviembre de 2017

13 años no son nada (sobre contabilidad analítica) 6-11-2017


Pregunta del Diputado del Grupo Parlamentario Ciudadanos don Luis Armando Fernández Bartolomé a la Consejera de Hacienda y Sector Público sobre el estado de implantación en que se encuentran los sistemas de contabilidad analítica y de indicadores de gestión en el Principado de Asturias (10/0188/0342/06588).



La necesidad de una correcta implantación de un sistema de contabilidad analítica en cualquier organización pública es una cuestión que hoy en día no admite debate, máxime con la crisis financiera tan profunda en la que están inmersas tales instituciones. Esta necesidad no sólo viene motivada por cuestiones de tipo legal, sino también por la información relevante que sobre costes genera. En este sentido, la adecuada implantación de un sistema de contabilidad analítica debiera permitir:

• Determinar el coste de las actividades desarrolladas por las organizaciones.
• Servir como referencia para la fijación de precios y tasas públicas a cobrar por la prestación de servicios públicos.
Contribuir a la elaboración y evaluación de los presupuestos.
• Ayudar en la adopción de decisiones sobre la producción de bienes o prestación de servicios.
• Justificar las necesidades financieras para la prestación de servicios ante distintos organismos financiadores
• Ayudar a la cumplimentación de las Cuentas Anuales a presentar por los distintos entes  públicos en lo que se refiere a la información sobre costes e indicadores de gestión.
Facilitar la toma de decisiones para la mejora de la eficacia y eficiencia de los servicios tomando como referencia las mejores prácticas de otros entes que presten servicios similares.

La resolución de 13 de diciembre de 2004, de la Consejería  de Economía y Administración Pública, por la que se modifica la Resolución de 1 de julio de 1996, por la que se aprueba el Plan general de Contabilidad Pública del Principado de Asturias, decía que se había implantado en la APA y su sector público autonómico  un sistema de información contable (Asturcón XXI) con soporte informático avanzado , “sistema que conlleva, entre otras funcionalidades, la implantación de una contabilidad analítica y de una contabilidad del inmovilizado. Durante este ejercicio se ha estado desarrollando la contabilidad del inmovilizado, que se implantará en el próximo año”.

Han pasado 13 años de esta resolución y estamos comenzando.

domingo, 5 de noviembre de 2017

21.- Moción del Grupo Parlamentario Ciudadanos subsiguiente a la interpelación de su Diputado don Luis Armando Fernández Bartolomé al Consejero de Empleo, Industria y Turismo sobre política en materia de industria y, más en concreto, sobre los mecanismos desarrollados para la atracción de grandes empresas internacionales.

PREGUNTA



INTERPELACIÓN



MOCIÓN 





MOCIÓN APROBADA. LAS 9 ABSTENCIONES SON DE PODEMOS

La Junta General del Principado de Asturias insta al Consejo de Gobierno a que: 

1.-Propicie y lidere un gran acuerdo social y político para competir por la instalación de empresas innovadoras del sector de la automoción en nuestra comunidad autónoma. 

2. Elabore un plan a tal fin y ponga los medios oportunos para su consecución.»