ELOGIO DE LA POLÍTICA

FESTINA LENTE

miércoles, 13 de diciembre de 2017

El apaño del cupo vasco

ARTÍCULO NOS PUBLICA HOY EL DIARIO  ASTURIANO LNE............13/1272017

(Contestación al artículo de Ramón García Cañal publicado en LNE el 4 de diciembre)




Como en el cuento de Andersen, "El traje nuevo del Emperador", el diputado popular   pretende tapar , con gruesas descalificaciones a Ciudadanos y Albert Rivera,  lo evidente: que el acuerdo respecto al cupo vasco negociado por Rajoy para el periodo 2017/2021  es un apaño político  que vuelve a consagrar, por un puñado de votos, la insolidaridad fiscal del País Vasco  privilegiando a una minoría (rica) frente al conjunto de los españoles.
Privilegio que en ningún caso viene obligado por nuestra Constitución. Efectivamente, su Disposición Adicional 1ª  ampara y  respeta los derechos históricos de los territorios forales, entre los que se encontraría el régimen de financiación mediante Concierto. Pero , a renglón seguido,  especifica que su actualización se hará en el marco  que delimitan la propia Constitución y los Estatutos de Autonomía . Y el art. 138-2 proscribe que de ese régimen de financiación puedan derivarse privilegios económicos y sociales; justo los que, en la práctica, otorga el opaco cálculo de la compensación anual que el País Vasco paga al Estado. La Constitución ampara el régimen de Concierto pero lo que no autoriza es a hacer mal las cuentas para que unos españoles, por el mero hecho de haber nacido en un determinado territorio, dispongan de una sobrefinanciación para sus servicios públicos y, además, no contribuyan a la solidaridad interterritorial.
Las prisas y falta de transparencia con la que se tramitaron en el Congreso las leyes del Cupo y actualización del Concierto evidencian la necesidad que se tenía  de ocultar la desnudez (de principios constitucionales) de este trapicheo ; amaño que, por intereses electoralistas,  fue irresponsablemente apoyado por PSOE, Podemos y Foro.
Nos llama el Sr. García Cañal indocumentados y considera que lo aprobado fue para poner fin a “discrepancias técnicas de interpretación”. Para nada. Nos sobran razones para justificar nuestro voto en contra del tejemaneje, tanto en lo referido a la opacidad y cuantía del cálculo del Cupo como a la aprobación de una ley fiscal , la del Concierto Económico, que contempla un irracional ajuste de IVA que en la práctica, y resumiendo, permite que   las haciendas vascas no sólo no aporten a la caja común sino que reciban. Un disparate y un atentado contra la equidad . De hecho  sólo hay que leer a los expertos para darse cuenta del cambalache ; por ejemplo Carlos Monasterio, Alain Cuenca o Ángel de la Fuente que recientemente declaraba: "La cifra del Cupo vasco es arte de magia, deben pagar mucho más…la nueva ley, al igual que las anteriores, infravalora lo que tendrían que pagar y perpetúa el perjuicio al Estado".
Hay un dato muy gráfico que pone de manifiesto el atentado que supone  el "cuponazo"  para el principio de igualdad entre españoles. Según datos del propio Ministerio de Hacienda correspondientes al ejercicio 2015: a competencias homogéneas e igual esfuerzo fiscal, el País Vasco cuenta con una financiación de 4.654 € por habitante, casi el doble de los 2.354 € de media  por habitante de que disponen las comunidades de régimen común (Asturias cuenta con 2.468 €). Con estos datos ¿todavía sostiene el Sr. García Cañal  que debe compensarse al País Vasco porque no necesitó recurrir al Fondo de Liquidez Autonómica? . Un instrumento precisamente para dotar de liquidez a Comunidades manifiestamente infrafinanciadas . Menudo sarcasmo.
Por último, le recordamos al Sr.  Cañal, en cuanto a la oportunidad o no de aprobar estas leyes ahora, que fue decisión exclusivamente de su Gobierno. En el mes de Mayo pasado cuando salió a la luz el “maguestu” que se cocinaba entre PP y PNV (PSE) ya advertimos que nos opondríamos al cuponazo ; que por cierto no tiene reflejo en los vigentes Presupuestos  porque en el estado de ingresos se incluye el cupo vasco, pero el vigente en ese momento .Añadamos dolorosamente  que la irresponsabilidad del PP (y adláteres) se acrecienta exponencialmente  dada la situación planteada en Cataluña, que siempre ha mirado la financiación vasca  de reojo.
En Ciudadanos no nos sentimos solos en la denuncia de este  privilegio. Nos acompaña gran parte de la opinión pública ,expertos y Presidentes de Comunidades autónomas que (ya era hora) han levantado la voz al entender que se vulneraban los derechos de sus conciudadanos. . No sé si a todos ellos (Herrera, Núñez Feijóo) calificará el Sr. García Cañal de oportunistas e indocumentados.
Lo que sí  sabemos en Ciudadanos  es que con nuestra presencia  en los parlamentos, ya no será posible la ocultación de estos chanchullos. Nacimos, entre otras cosas, para asumir el coste de gritar: "el Emperador está desnudo". Salud.

Armando Fdez. Bartolomé


Diputado de Cs en el Junta General 

domingo, 10 de diciembre de 2017

Un Cupo que es un privilegio inaceptable

(Contestación al artículo de Ramón García Cañal publicado en LNE el 4 de diciembre)

Como en el conocido cuento de Andersen, "El traje nuevo del Emperador", el diputado García Cañal en un artículo publicado el pasado lunes pretendía cubrir con gruesas descalificaciones a Ciudadanos y a su

presidente, Albert Rivera, para tapar lo que está a la vista: que el acuerdo respecto al Cupo Vasco negociado por el Gobierno del PP para el periodo 2017/2021 y aprobado en el Congreso de los Diputados por una mayoría a la que sólo Ciudadanos se opuso, es un apaño político que consagra la insolidaridad fiscal del País Vasco, privilegiando a una minoría frente al conjunto de los españoles.

Privilegio que en ningún caso viene amparado por nuestra Constitución. Efectivamente, la Disposición Adicional 1ª de la Constitución ampara y respeta los derechos históricos de los territorios forales, entre losque se encontraría el régimen de financiación mediante Concierto. Pero a renglón seguido especifica que su actualización se hará en el marco de juegoque la propia Constitución y los Estatutos de Autonomía delimitan, y el art.138-2 proscribe que de ese ancestral régimen de financiación puedan derivarse privilegios económicos y sociales. Justo los que en la práctica otorga el opaco cálculo de la compensación anual que el País Vasco paga al Estado. La Constitución ampara el régimen de Concierto, sí, pero se ponga como se ponga el Sr. García Cañal, lo que no autoriza es a hacer mal las cuentas, para que unos españoles por el mero hecho de haber nacido en determinado territorio dispongan de más dinero para financiar sus servicios públicos y no contribuyan a la solidaridad interterritorial.
Sin duda la urgencia y falta de transparencia con la que se tramitaron en el Congreso las leyes del Cupo y actualización del Concierto pone de manifiesto la necesidad de ocultar la desnudez de principios constitucionales de este apaño. Una Ley de artículo único, mediante trámite de lectura única y urgencia, sin posibilidad de incorporar enmiendas, reduciendo el debate a su mínima expresión, y todo ello con el solidario apoyo de PSOE, Foro, Podemos y el resto de nacionalistas.
Nos llama el Sr. García Cañal indocumentados. Como ni Gobierno ni Partido Popular han querido dar transparencia a lo negociado aportaré algún dato.
Lo que se debatía por una parte era la cuantía del Cupo, que es el importe que paga el País Vasco al Estado por las competencias que no tiene transferidas, así como su contribución a las cargas comunes (Defensa, servicio Exterior, Corona…) y aunque en la nueva Ley la valoración de las competencias del Estado se ha incrementado un 26%, mediante una corrección en el cálculo del déficit finalmente el Cupo a pagar por el País Vasco se ha reducido en unos 300 millones de euros anuales, lo que pone de manifiesto que primero se acuerda la cifra (1.300 millones) mediante el correspondiente pacto político y después seviste con cálculos ad hoc, que además nadie explica.
También se aprobó una ley fiscal, la del Concierto Económico, que determina qué Hacienda, la foral o estatal, cobra cada uno de los impuestos. Aquí una de las claves del "cuponazo" es el injusto ajuste de IVA, un ajuste que aunque todos los expertos, incluidos los que nombra el Gobierno, defiendan que debería favorecer al Estado, lo cierto es que va en dirección contraria. De tal modo que es superior al cupo líquido, lo que ha hecho que en la práctica éste sea negativo. Las haciendas vascas no sólo no aportan a la caja común, sino que reciben.
Hay un dato muy gráfico que pone de manifiesto lo dañino que el "cuponazo" resulta para el principio de igualdad entre españoles, según datos del propio Ministerio de Hacienda correspondiente al ejercicio 2015. A competencias homogéneas e igual esfuerzo fiscal, el País Vasco cuenta con una financiación de 4.654 € por habitante, casi el doble de los 2.354 € por habitante de media de que disponen las comunidades de régimen común (Asturias cuenta con 2.468 €). Esta situación privilegiada permite al País Vasco, segunda Comunidad por nivel de renta, tener impuestos más bajos que en el resto del país o mantener consistentemente un gasto social en sanidad, educación y protección social muy superior a la media del resto de España, y todo ello con

un nivel de deuda muy inferior a la media. ¡Y todavía el Sr. García Cañal sostiene que debe compensarse al País Vasco porque no necesitó recurrir al Fondo de Liquidez Autonómica!, un instrumento precisamente para dotar de liquidez a Comunidades manifiestamente infrafinanciadas.
Considerar que lo sucedido es poner fin a “discrepancias técnicas de interpretación” es querer vender un chantaje como un acuerdo. Sólo hay que leer a los expertos que  han hablado de esto. Como Ángel de la Fuente que pagar mucho más…la nueva ley, al igual que las anteriores, infravalora lo que recientemente declaraba: "La cifra del Cupo vasco es arte de magia, deben fue Director General de Coordinación Financiera con las Comunidades Autónomas tendrían que pagar y perpetúa el perjuicio al Estado". O Alain Cuenca, que

se pueden ignorar los trucos, las trampas y las falsedades que contiene la Ley (2008-2011) en el Gobierno Zapatero, y que en un reciente artículo titulado "los trucos y las trampas de la Ley del Cupo" señalaba que "no

del siglo XIX".    aprobada en el Congreso, estamos en el más viejo estilo de hacer política, el

Igualmente ofende a la inteligencia considerar que hay un plano de igualdad entre la objetiva condición de insularidad en la que vive la población de Canarias, o la situación geoestratégica de Ceuta y Melilla, y querer jugar a España; una comunidad, la vasca, que goza de una fuerte economía de base industrial las comparaciones con la segunda Comunidad Autónoma en renta per cápita de y está conectada directamente con el corazón de Europa.

Por último, le recuerdo al Sr. García Cañal y al Partido Popular de Asturias, en cuanto a la oportunidad o no de aprobar estas leyes en este momento, que fue decisión exclusivamente de su Gobierno. En el mes de Mayo

advertimos que nos opondríamos a ese apaño. Que por cierto no tiene reflejo en pasado cuando salió a la luz el acuerdo que se cocinaba entre PP y PNV ya Estado se incluye como ingreso el cupo vasco, pero el vigente en ese momento, los vigentes Presupuestos. En el estado de ingresos de los Presupuestos del no el del "cuponazo".... que todavía no se había aprobado.

Quien tiene que explicar las razones de este acuerdo político es

quien lo ha suscrito, no nosotros que siempre hemos mantenido la misma postura
y en todos los territorios, incluso los que disfrutan de este privilegio foral,
asumiendo el coste que ello supone. Seguramente que hubiera sido más coherente,
de las CCAA de régimen común, tan necesaria y tan postergada, y abordar después
en un momento político tan difícil como este, reformar primero la financiación las modificaciones del Cupo vasco y la Aportación navarra. Pero es el PP el que
Tercera Guerra Carlista!  No podemos olvidar que el informe de los
ha decidido hacerlo al revés, garantizando así que los privilegios consagrados todos estos años no sufran mengua alguna, ¡qué cara nos está resultando la expertos encargado por el Gobierno, señalaba que para que su propuesta de
su aportación a la financiación territorial, y ahora la disminuirán.
reforma fuera factible era necesario que las comunidades forales incrementasen

En Ciudadanos no nos sentimos solos en la denuncia de este

injustificado privilegio. Junto a la cualificada opinión de los expertos, nos
acompaña gran parte de la opinión pública, numerosos Presidentes de Comunidades
autónomas que ahora han levantado la voz al entender que se vulneraban los
Valencia, Extremadura…pero también de Presidentes autonómicos del PP como Juan
derechos de sus ciudadanos.  Sí, hablo de los Presidentes de Asturias,
Feijoo, que han levantado la voz para declarar, contra el criterio de su propio
Vicente Herrera, de Castilla y León o nuestro vecino gallego, Alberto Núñez
insolidaridad del Cupo. No sé si a todos ellos calificará el Sr. García Cañal
partido, y señalar con claridad la injusticia, falta de transparencia e
de oportunistas e indocumentados

Lo que si se es que determinados apaños que hasta ahora pasaban

desapercibidos, con la presencia de Ciudadanos en el parlamento ya no son
posibles, nacimos, entre otras cosas, para asumir el costo de gritar: "el
Emperador está desnudo".


viernes, 1 de diciembre de 2017

Moción del Grupo Parlamentario Ciudadanos sobre salud pública y, más en concreto, sobre las características y disponibilidad de las plazas de Salud Mental (10/0183/0155/20421)



Moción del Grupo Parlamentario Ciudadanos subsiguiente a la Interpelación urgente de su Diputado don Luis Armando Fernández Bartolomé al Consejero de Sanidad sobre la política general de su departamento en materia de salud pública y, más en concreto, sobre las características y disponibilidad de las plazas de Salud Mental 

La junta  del Principado insta a la Consejería de Sanidad a:


1º.- Completar, con el consiguiente esfuerzo presupuestario, la implantación del “Programa de atención a personas con Trastorno Mental Grave / Severo”  en toda la red de Salud Mental para paliar la desigualdad en el desarrollo y calidad de servicios entre áreas sanitarias.

2º.- Aumentar el número de plazas asistenciales de salud mental de estancia larga e  intermedia para atenuar la actual precariedad en el desarrollo de redes de cuidados  especialmente en lo que se refiere a las alternativas residenciales y laborales.  Manteniendo y potenciando los dispositivos de rehabilitación, en particular las camas de media estancia, hospitales de día, centros de tratamiento integral, los pisos protegidos, etc, (enmienda de IU aceptada).


3º.- Reducir la variabilidad de ubicación, financiación, gestión y cometido de los pisos de inserción social, a partir de la evaluación de las mejores prácticas. recurso de alojamiento, temporal y transitorio, para la recuperación o desarrollo de habilidades y autonomía suficiente que permitan a la persona su mayor nivel de integración social.



lunes, 27 de noviembre de 2017

Sobre ... partir del " valor real de los inmuebles" como base imponible de determinados impuestos


Una reciente sentencia del Tribunal Supremo de 6 de abril de 2017.considera que si bien la Administración cuenta con  potestad legal para su aplicación

(El artículo 57.1.b) de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria, dispone que el valor. de un inmueble... podrá ser comprobado por la Administración tributaria mediante estimación por referencia....  que podrá consistir en la aplicación de los coeficientes multiplicadores.... que se aplicarán a los valores catastrales, tratándose de bienes inmuebles),

la Ley impide que:
- aquélla adopte decisiones que puedan calificarse  como libres, antojadizas, en suma, arbitrarias, a la hora de calcular ese “valor real”
- y que, si bien el método utilizado facilita la gestión del tributo, en contrapartida se produce un alejamiento de la realidad sustantiva del valor de cada inmueble y, de la exigencia de que la Base imponible del Impuesto esté constituida por su valor real.

Y cita, además, que la Jurisprudencia del Tribunal Supremo ha manifestado que el acto de comprobación o determinación del valor real de los bienes inmuebles comprobados por la Administración ha de ser:
a)singularizado;
b)motivado;
y c) fruto de un examen del inmueble, normalmente mediante visita al lugar.
Y considera, además, que se ha reemplazado un medio de comprobación, con ciertas imperfecciones y con un alto coste de gestión para las CCAA, por algo que no puede ser considerado como un medio de comprobación (art. 57 LGT), pues no se ejercita realmente la facultad de comprobar.

viernes, 24 de noviembre de 2017

Es urgente una Ley del Emplo publico en Asturias (Propuesta de resolución)

EXPOSICIÓN DE MOTIVOS

Los empleados públicos, que suponen un porcentaje elevado de la población activa asturiana, son la principal garantía en la defensa del interés general, de ahí la importancia de asegurar una adecuada selección, su independencia, su capacitación, su formación, su reconocimiento y su profesionalidad como elementos centrales de las políticas para la función y el empleo  público en Asturias .Por ello, entre las cuestiones esenciales que deben abordarse con mayor urgencia destaca la gestión  y el papel que deben desempeñar tan importantes recursos humanos.
En nuestra Comunidad Autónoma, si bien desde la entrada en vigor del Estatuto Básico del Empleado Público se han ido dictando leyes que han abordado el desarrollo particularizado en algunas materias, es preciso abordar el desarrollo legislativo global del régimen jurídico de los empleados públicos , que integre las diversas reformas acaecidas desde el año 1985, para ganar en equidad, eficacia y eficiencia administrativa.
PROPUESTA DE RESOLUCIÓN
La Junta General del Principado de Asturias emplaza al Gobierno del Principado de Asturias a que, antes de que finalice el siguiente periodo de sesiones, se presente ante esta cámara, por parte del ejecutivo, un Proyect

miércoles, 22 de noviembre de 2017

Contra impuestos de carácter confiscatorio

A LA MESA DE LA JUNTA GENERAL DEL PRINCIPADO
D. Nicanor García Fernández, Portavoz del Grupo Parlamentario Ciudadanos, al amparo de lo dispuesto en el artículo 199 del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente propuesta de resolución relativa al debate sobre la orientación política general del Consejo de Gobierno correspondiente al año legislativo 2017-2018.

EXPOSICIÓN DE MOTIVOS




El Texto Refundido de la Ley del Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados, aprobado por Real Decreto Legislativo 1/1993, de 24 de septiembre, en su artículo 10 y la Ley 29/1987, de 18 de diciembre, del Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones, en su artículo 9, establecen que la base imponible de estos impuestos estará constituida por el valor real de los bienes y derechos transmitidos.
El artículo 57.1.b) de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria, dispone que el valor real de un bien podrá ser comprobado por la Administración tributaria mediante “estimación por referencia a los valores que figuren en los registros oficiales de carácter fiscal” que podrá consistir en la aplicación de los coeficientes multiplicadores que se aplicarán a los valores catastrales, tratándose de bienes inmuebles.
Si bien la Administración cuenta con potestad legal para su aplicación, la Ley impide que aquélla adopte decisiones que puedan calificarse como libres, antojadizas, en suma, arbitrarias a la hora de calcular ese “valor real”, y, en este sentido, pese a que estos coeficientes suponen un instrumento que aporta estabilidad y seguridad jurídica a efectos del cálculo de las obligaciones tributarias por los particulares, el valor obtenido mediante aquellos no puede ser superior al valor real o de mercado, puesto que, además de suponer una infracción de lo establecido en la legislación vigente, esta circunstancia conllevaría el establecimiento de un tributo de carácter confiscatorio.

PROPUESTA DE RESOLUCIÓN
La Junta General del Principado de Asturias insta al Consejo de Gobierno a que, antes de finalizar el próximo período de sesiones, modifique el método de cálculo basado en coeficientes para estimar el valor real de determinados bienes inmuebles urbanos a efectos de los Impuestos sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados y sobre Sucesiones y Donaciones, al objeto de que para el cálculo de dicho valor real se contemplen, además de la variación del valor de mercado, la correspondiente al número de transacciones de inmuebles de la misma naturaleza y en el mismo concejo, así como la de otras variables relevantes que incidan sobre el precio de la vivienda como el estado de conservación del inmueble, las mejoras producidas en el mismo si las hubiere, etc., de manera que se permita un ajuste más fidedigno entre la evolución del valor fiscal de los bienes inmuebles sujetos a tributación y la de su valor real de mercado, evitando así el efecto confiscatorio que se produce cuando el primero supera al segundo.


Palacio de la Junta General del Principado de Asturias, 15 de noviembre de 2017

Propuesta de resolución. Proyecto de ley de Hacienda y Plan de contabilidad

A LA MESA DE LA JUNTA GENERAL DEL PRINCIPADO

Nicanor García Fernández, Portavoz del Grupo Parlamentario Ciudadanos, al amparo de lo dispuesto en el artículo 199 del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente Propuesta de Resolución relativa al Debate sobre la orientación política general del Consejo de Gobierno correspondiente al año legislativo 2017-2018.
EXPOSICIÓN DE MOTIVOS
En Asturias, en el ámbito presupuestario y contable de la administración autonómica, se están aplicando leyes no actualizadas. Lo recuerda año tras año la Sindicatura de Cuentas al recordar que “se hace necesario abordar con urgencia una reforma y actualización del marco normativo en materia económica, financiera, presupuestaria y contable, para dar cumplimiento a principios tan esenciales en la gestión como el de transparencia o el de estabilidad presupuestaria”.



Actualmente, en materia presupuestaria , está vigente el Texto Refundido del Régimen Económico y Presupuestario de Asturias que fue elaborado en 1998. Y en materia contable el Plan General de Contabilidad Pública del Principado de Asturias  de 1996 (con modificaciones en 2004) . Urge, por tanto, la aprobación de un nuevo plan que siga el marco del Plan general de contabilidad aprobado para el Estado Español en 2010.
Necesitamos sendos textos legales que nos  permitan una fiscalización operativa de  la Cuenta General del Principado para poder evaluar el grado de eficacia y eficiencia alcanzado en la gestión presupuestaria . Además la carencia práctica de una contabilidad analítica en la Administración del Principado de Asturias, y en la mayor parte de los organismos autónomos, impide analizar objetivamente el coste y el rendimiento de los servicios públicos ya que manejamos un presupuesto de gastos por programas que no contiene indicadores específicos para determinar el grado de cumplimiento de los objetivos programados. Todo lo dicho impide la evaluación objetiva de las políticas públicas.
PROPUESTA DE RESOLUCIÓN
La Junta General del Principado de Asturias considera necesario que antes de que finalice el próximo período de sesiones se elabore y presente a esta Cámara el Proyecto de Ley de Hacienda del Principado de Asturias y apruebe de forma urgente el Plan Contabilidad Pública del Principado de Asturias.

Palacio de la Junta General del Principado de Asturias, 15 de noviembre de 2017

lunes, 13 de noviembre de 2017

Pacientes que no avisan de su incomparecencia a consulta.

Pregunta del Diputado del Grupo Parlamentario Ciudadanos don Luis Armando Fernández Bartolomé al Consejero de Sanidad sobre qué medidas tiene planificadas el Servicio de Salud del Principado de Asturias para disminuir la incomparecencia de los pacientes a las consultas especializadas 

Resulta difícil comprender los motivos por los que no se avisa de la imposibilidad de acudir al médico, cuando basta con una simple llamada telefónica. Si se hiciera, otros usuarios podrían ser atendidos. Este irresponsable comportamiento provoca un incremento de las listas de espera. Las citas anuladas constituyen un tiempo perdido que obligan a demorar otras de forma innecesaria. Al mismo tiempo se resiente la calidad y el servicio de la atención sanitaria. También tiene un importante coste económica (aunque no hemos logrado que el Consejero nos diga cuanto)
Los casos para justificar las incomparecencias son muy diversos y variados, pero cuando se alcanzan cierta cifras (que tampoco supo concretar el Consejero ..."entre el 6 y el 8%") cabe debatir sobre la conveniencia de aplicar medidas, más allá de un simple toque de atención, a los pacientes reincidentes.

lunes, 6 de noviembre de 2017

13 años no son nada (sobre contabilidad analítica) 6-11-2017


Pregunta del Diputado del Grupo Parlamentario Ciudadanos don Luis Armando Fernández Bartolomé a la Consejera de Hacienda y Sector Público sobre el estado de implantación en que se encuentran los sistemas de contabilidad analítica y de indicadores de gestión en el Principado de Asturias (10/0188/0342/06588).



La necesidad de una correcta implantación de un sistema de contabilidad analítica en cualquier organización pública es una cuestión que hoy en día no admite debate, máxime con la crisis financiera tan profunda en la que están inmersas tales instituciones. Esta necesidad no sólo viene motivada por cuestiones de tipo legal, sino también por la información relevante que sobre costes genera. En este sentido, la adecuada implantación de un sistema de contabilidad analítica debiera permitir:

• Determinar el coste de las actividades desarrolladas por las organizaciones.
• Servir como referencia para la fijación de precios y tasas públicas a cobrar por la prestación de servicios públicos.
Contribuir a la elaboración y evaluación de los presupuestos.
• Ayudar en la adopción de decisiones sobre la producción de bienes o prestación de servicios.
• Justificar las necesidades financieras para la prestación de servicios ante distintos organismos financiadores
• Ayudar a la cumplimentación de las Cuentas Anuales a presentar por los distintos entes  públicos en lo que se refiere a la información sobre costes e indicadores de gestión.
Facilitar la toma de decisiones para la mejora de la eficacia y eficiencia de los servicios tomando como referencia las mejores prácticas de otros entes que presten servicios similares.

La resolución de 13 de diciembre de 2004, de la Consejería  de Economía y Administración Pública, por la que se modifica la Resolución de 1 de julio de 1996, por la que se aprueba el Plan general de Contabilidad Pública del Principado de Asturias, decía que se había implantado en la APA y su sector público autonómico  un sistema de información contable (Asturcón XXI) con soporte informático avanzado , “sistema que conlleva, entre otras funcionalidades, la implantación de una contabilidad analítica y de una contabilidad del inmovilizado. Durante este ejercicio se ha estado desarrollando la contabilidad del inmovilizado, que se implantará en el próximo año”.

Han pasado 13 años de esta resolución y estamos comenzando.

domingo, 5 de noviembre de 2017

21.- Moción del Grupo Parlamentario Ciudadanos subsiguiente a la interpelación de su Diputado don Luis Armando Fernández Bartolomé al Consejero de Empleo, Industria y Turismo sobre política en materia de industria y, más en concreto, sobre los mecanismos desarrollados para la atracción de grandes empresas internacionales.

PREGUNTA



INTERPELACIÓN



MOCIÓN 





MOCIÓN APROBADA. LAS 9 ABSTENCIONES SON DE PODEMOS

La Junta General del Principado de Asturias insta al Consejo de Gobierno a que: 

1.-Propicie y lidere un gran acuerdo social y político para competir por la instalación de empresas innovadoras del sector de la automoción en nuestra comunidad autónoma. 

2. Elabore un plan a tal fin y ponga los medios oportunos para su consecución.» 




martes, 31 de octubre de 2017

INTERPELACION Sobre el numero de plazas asistenciales en salud mental

NOTA DE PRENSA....31/10/2017

Ciudadanos reclama al Consejero de Sanidad más plazas asistenciales destinadas a Salud Mental

•El diputado, Armando Fernández Bartolomé, exige celeridad en la puesta en marcha del Plan de Salud Mental y asegura que el Principado no destina los recursos humanos y materiales suficientes para un tema tan grave

Junta General del Principado, martes 31 de octubre de 2017. El diputado del Grupo Parlamentario de Ciudadanos (Cs), Armando Fernández Bartolomé, interpelará al Consejero de Sanidad, Francisco del Busto, acerca del número de plazas asistenciales para Salud Mental que hay en la región: hospitalarias, residenciales  y, especialmente  de pisos tutelados y de apoyo 

La interpelación de Ciudadanos al Consejero, que se celebrará el próximo jueves en el pleno de la Junta General del Principado, tiene como objetivo reclamar los datos actualizados, fundamentales para un diagnóstico correcto, respecto a este asunto, “ya que no conseguimos disponer de ellos en la linea habitual de falta de transparencia de esta Consejería”, ha asegurado Fernández Bartolomé.“Las asociaciones de enfermos han trasladado ya en repetidas ocasiones que los recursos son escasos para conseguir el objetivo último de estas personas que es  la autonomía y no la dependencia cronica, siendo estas plazas en pisos una gran ayuda para los enfermos aquejados de esta problemática”, ha indicado el diputado de Cs.

El consejero de Sanidad, había declarado en el año 2016  que se crearían 254 plazas (90 en alojamientos asistidos, 73 psicogeriátricas en los establecimientos residenciales de ancianos- ERA y 91 en pisos tutelados).

“Desde Ciudadanos seguimos exigiendo que haya un Plan de Salud Mental en el Principado, pero con datos actualizados y cuantificación económica”, ha añadido el parlamentario de la formación liberal.

En la pasada negociación presupuestaria, Cs obtuvo el compromiso del Partido Socialista de incrementar el número de plazas para Salud Mental. “A día de hoy desconocemos si se ha hecho algo”, ha puntualizado Fernández Bartolomé. El diputado, ha añadido además que en la presente negociación del presupuesto, una de las peticiones de su grupo será la de solicitar más dinero para la Salud Mental, porque creemos que “en el organigrama de la Consejería de Sanidad, no ocupa el sitio que se merece”.
“Hay institutos de muchísimas cosas, en cambio no hay uno de Salud Mental. No se destinan los recursos humanos y materiales suficientes para un tema tan grave”, ha incidido.

El próximo viernes, en el pleno del parlamento asturiano, se votará además el Dictamen de la Comisión de listas de espera. “Muchas de las conclusiones de ese Dictamen están relacionados con este asunto”, ha concluido el diputado de Cs.

INTERPELACIÓN  2/11/2017





viernes, 27 de octubre de 2017

Aprobada la moción de Cs Asturias sobre Viviendas y pisos de uso turístico



INTERPELACIÓN


MOCIÓN

La Junta General del Principado de Asturias insta al Gobierno del Principado de Asturias a:

PRIMERO. Intensificar la labor inspectora en materia turística en nuestra comunidad autónoma de cara a asegurar un adecuado cumplimiento de toda la normativa vigente, especialmente en todos los aspectos relacionados con el Decreto 48/2016, de 10 de agosto, de viviendas vacacionales y viviendas de uso turístico. Para ello, se considera adecuado el establecimiento de un convenio entre el Gobierno del Principado de Asturias y los Ayuntamientos en el que se recojan los oportunos mecanismos de colaboración entre los inspectores turísticos del Principado de Asturias, la Policía Local y los servicios municipales con competencias vinculadas, para facilitar la detección de las viviendas que ilegalmente prestan servicios de alojamiento turístico y adoptar las medidas necesarias para que se regularicen o cesen en esta actividad.

SEGUNDO. La elaboración y puesta en marcha de una campaña informativa sobre los requisitos y trámites que se deben seguir para poder ofertar una vivienda como alojamiento turístico.

TERCERO. Realizar cuantas gestiones sean necesarias para alcanzar un convenio con las principales empresas o plataformas comercializadoras de viviendas vacacionales y de usos turísticos a través de internet, con el objetivo de que informen a sus usuarios de la normativa que deben respetar cuando
estos anuncien una vivienda para uso turístico e incluyan en los mismos el número de inscripción en el Registro de Empresas y Actividades Turísticas del Principado de Asturias, impidiendo la publicación de aquellas viviendas que no se encuentren registradas.

CUARTO. Instar a las Corporaciones Locales para que elaboren una ordenanza municipal para regular y ordenar adecuadamente el desarrollo de esta actividad.

Palacio de la Junta General del Principado de Asturias, 9 de octubre de 2017.