MOCIÓN APROBADA POR EL PLENO DE LA JUNTA EL 18-3-2016 CON LOS VOTOS A FAVOR DE CIUDADANOS, PP, FORO Y PODEMOS. VOTOS EN CONTRA DE PSOE E IU.
La Junta General del Principado de Asturias insta al Consejo de Gobierno a que:
PRIMERO. Elabore y presente ante esta Cámara, en un plazo máximo de tres meses, un nueva Ley de Reestructuración del Sector Público Autonómico, por la que se prevea la reestructuración de la totalidad de organismos, entes y entidades públicas que integran el sector público autonómico asturiano, incluidas empresas, fundaciones y consorcios, cuya existencia no se encontrase plenamente justificada como imprescindible atendiendo a las necesidades objetivas del servicio que prestan con carácter instrumental, así como de aquéllos que realizasen funciones que pudiesen estimarse solapadas o duplicadas respecto a otros organismos, entes, entidades, unidades o servicios de cualesquiera de las Administraciones Públicas que operasen en el ámbito territorial del Principado de Asturias.
Dicha reestructuración podrá conllevar, o bien la fusión de los citados organismos, entes o entidades públicas, incluidas empresas, fundaciones y consorcios, con otros de análoga naturaleza o funciones; o bien su supresión o disolución, de manera que, según se estime más conveniente atendiendo a los principios de eficiencia, eficacia y economía, sus funciones pasasen a ser desempeñadas bien directamente por la Administración del Principado de Asturias, bien por otras Administraciones Públicas mediante la formalización del oportuno convenio de colaboración, bien por terceros mediante su contratación externa por un procedimiento público abierto.
SEGUNDO. Paralelamente, y en el mismo plazo, apruebe y presente ante esta Cámara un Plan de Racionalización del Sector Público Autonómico y de Simplificación de los Procedimientos Administrativos, que articule una batería de medidas desde una perspectiva interdepartamental que aborden, entre otras, al menos las siguientes cuestiones:
- La simplificación de los procedimientos administrativos, especialmente de aquellos que impliquen trámites burocráticos exigibles a los ciudadanos en su relación con la Administración del Principado de Asturias y el sector público autonómico, en particular en materias relacionadas con el emprendimiento, la promoción económica, la inserción laboral y el acceso a los servicios básicos de titularidad o de responsabilidad pública autonómica.
- La reducción, al mínimo indispensable, de la contratación de servicios externos por parte de la Administración del Principado de Asturias y del sector público autonómico, tales como mantenimientos, asistencias externas, soportes técnicos y otros servicios de análoga naturaleza, que serán preferentemente y siempre que sea posible desempeñados por los propios servicios internos y por los empleados públicos adscritos a los mismos. Asimismo, se perseguirá, cuando sea posible, que tales servicios de prestación interna sean realizados de manera centralizada desde una única unidad o servicio administrativo para el conjunto de la Administración del Principado de Asturias y del sector público autonómico.
- La centralización de la contratación de servicios comunes en el ámbito de la Administración del Principado de Asturias y del sector público autonómico, tales como suministros, aprovisionamientos, adquisiciones de material no inventariable de cualquier naturaleza o servicios financieros, así como de los servicios comunes que no pudiesen ser prestados por medios propios en los términos del apartado anterior.
- La contención del gasto corriente efectuado en el consumo de suministros, en la realización de reuniones y conferencias, en la dotación de atenciones protocolarias y representativas, y en la adquisición de material de oficina y otros de naturaleza no inventariable, mediante el fomento de los principios de la Administración electrónica, la eficiencia energética y la calidad en la gestión, de manera que el gasto destinado a tales conceptos sea el estrictamente necesario para garantizar la cobertura de las necesidades objetivas del servicio que se preste en cada caso.
TERCERO. Sin perjuicio de lo anterior, elabore y presente ante esta Cámara, en un plazo máximo de seis meses, un Proyecto de Ley de la Administración y del Sector Público del Principado de Asturias, que regule de manera integral la ordenación, organización y régimen jurídico de la Administración y del sector público de la Comunidad Autónoma, que a su vez actualice nuestra legislación autonómica a las novedades normativas introducidas tras la promulgación de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, y que igualmente permita subsumir en una única norma las leyes autonómicas y demás disposiciones vigentes en la actualidad, tales como, entre otras, la Ley del Principado de Asturias 8/1991, de 30 de julio, de Organización de la Administración, o la Ley del Principado de Asturias 21/1995, de 13 de mayo, sobre Régimen Jurídico de la Administración, todo ello con el objetivo último de promover una Administración y un sector público autonómico más independiente, más profesional, más eficiente y más eficaz.
Comparecencia de la Consejera de Hacienda y Sector Público, acordada por la Comisión, para informar acerca del estado de tramitación de la forma de control del cumplimiento de la Moción 33/X, de 18 de marzo de 2016, adoptada por el Pleno, sobre política en materia de gestión del sector público y, más en concreto, sobre las medidas para la racionalización y, en su caso, re-estructuración del sector público autonómico (10/0217/0542/17906, 10/0185/0033/06635). [*Grupo Parlamentario Ciudadanos]
6-11-2017
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