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miércoles, 10 de enero de 2018

De parlamentos y deudas

ARTICULO PUBLICADO POR EL DIARIO EL COMERCIO 10/1/2018

En el año 2016 el Gobierno del PSOE, mediante el Decreto 207/2015 de 30 de diciembre, acudió al endeudamiento por un importe equivalente al contemplado en la Ley de Presupuestos Generales para 2015. El Gobierno aplicó el criterio de que “dicha prórroga, que opera de forma automática en créditos, ingresos y gastos respecto a lo dispuesto en la Ley de Presupuestos prorrogada, lo hace también en lo referido a la autorización de endeudamiento que implícitamente dicha Ley confiere”.

Ciudadanos, y otros grupos, criticamos esta decisión porque prorrogar la deuda (sin pedir autorización a la Junta) suponía un ejercicio de irresponsabilidad política y, probablemente, también una ilegalidad. El criterio gubernamental resultaba una clara contravención de las disposiciones previstas tanto en el artículo 48.1 del Estatuto de Autonomía, como en el Texto Refundido del Régimen Económico y Presupuestario de Asturias (TREPPA). De hecho así lo considera también la Sindicatura de Cuentas, como refleja las conclusiones de su informe de fiscalización de la Cuenta General del Principado de Asturias del año 2015 emitido recientemente. También ratifican nuestra posición diversas sentencias del TSJA y del Tribunal Supremo

El asunto es importante por ser de principios : en el origen histórico de los parlamentos modernos está el control, que nobles y procuradores de las ciudades, querían ejercitar sobre los dineros (de todos) destinados por los reyes a las guerras ; si estos gastos (y deudas) respondían al interés general o a intereses particulares. En tan importante materia no caben interpretaciones heterodoxas ni subterfugios salvo que se quiera descafeinar la actividad parlamentaria y no rendir cuentas. Queremos decidir en qué “guerras” queremos estar frente a la permanente tentación de los gobiernos de usar, para sus intereses, el endeudamiento público como un método de apropiación de los impuestos del futuro.

En definitiva, la autorización al Gobierno para poder recurrir al endeudamiento es una de las competencias que legítimamente corresponden en exclusiva a la Cámara de la Junta General, por lo que una actuación del Gobierno de Asturias que ignore este principio no sólo constituye una clara vulneración de la legalidad, sino también una usurpación ilegítima de las atribuciones fundamentales que el Estatuto de Autonomía y el resto del ordenamiento jurídico confieren a la Junta General como sede representativa del pueblo asturiano. En Ciudadanos creemos en la democracia liberal y la separación de poderes.


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