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viernes, 21 de febrero de 2020

MOCIÓN DE CIUDADANOS ASTURIAS SOBRE TRANSPARENCIA EN ESTABLECIMIENTOS RESIDENCIALES DE ASTURIAS (ERA)







El Pleno de la Junta General del Principado de Asturias debate la Moción del Grupo Parlamentario Ciudadanos subsiguiente a la Interpelación de su Diputado don Luis Armando Fernández Bartolomé a la Consejera de Derechos Sociales y Bienestar sobre política en materia de dependencia y, más en concreto, sobre las medidas a adoptar para que la lista de personas en espera del reconocimiento y disfrute de una de las prestaciones del sistema de dependencia se reduzca sustancialmente (Boletín Oficial de la Junta General, XI, Serie B, núm. 216), y, siendo incorporadas las enmiendas 4826 y 4827, del Grupo Parlamentario Socialista (Boletín Oficial de la Junta General, XI, Serie B, núm. 226), aprueba, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 208 y 222 del Reglamento de la Cámara, la siguiente Moción:

La Junta General del Principado de Asturias insta al Consejo de Gobierno a:
Primero. La creación inmediata, y en todo caso antes de que finalice el actual periodo de sesiones, dentro del portal de transparencia del organismo autónomo Establecimientos Residenciales para Ancianos de Asturias (ERA), de un área de transparencia de los recursos de atención residencial y centros de día de Asturias en la que, de manera progresiva, se encuentre accesible y actualizada toda la información relativa de cada uno de los centros. Para cada uno de los centros debería estar accesible, al menos, la siguiente información:
—Datos de contacto y titulares.
—Características completas del centro.
—Censo de plazas totales, indicando cuántas de cada tipología.
—Relación de los indicadores de calidad considerados y, tras la evaluación correspondiente, la información relativa a su cumplimiento, que permita valorar la mejora y el análisis comparado entre los centros.
—Publicación, tras el próximo plan de inspección, y dentro del marco legal existente, de los informes de inspección, con indicación de las sanciones impuestas y el motivo, si las hubiera, con el propósito de fomentar la calidad de la atención a la dependencia y asegurar la eficacia de las prestaciones.
Segundo. La creación de un portal del usuario del ERA que, mediante un sistema seguro de autentificación, permita el acceso de usuarios y/o familiares  legalmente autorizados a su expediente y que permita visualizar los datos sociosanitarios e incidentes de los beneficiarios de los diferentes recursos.»

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