El Pleno de la Junta
General del Principado de Asturias debate la Moción del Grupo Parlamentario
Ciudadanos subsiguiente a la Interpelación de su Diputado don Luis Armando
Fernández Bartolomé a la Consejera de Derechos Sociales y Bienestar sobre
política en materia de dependencia y, más en concreto, sobre las medidas a
adoptar para que la lista de personas en espera del reconocimiento y disfrute
de una de las prestaciones del sistema de dependencia se reduzca sustancialmente
(Boletín Oficial de la Junta General, XI, Serie B, núm. 216), y, siendo incorporadas
las enmiendas 4826 y 4827, del Grupo Parlamentario Socialista (Boletín Oficial
de la Junta General, XI, Serie B, núm. 226), aprueba, de conformidad con lo dispuesto
en los artículos 208 y 222 del Reglamento de la Cámara, la siguiente Moción:
La Junta General del
Principado de Asturias insta al Consejo de Gobierno a:
Primero. La creación
inmediata, y en todo caso antes de que finalice el actual periodo de sesiones,
dentro del portal de transparencia del organismo autónomo Establecimientos
Residenciales para Ancianos de Asturias (ERA), de un área de transparencia de
los recursos de atención residencial y centros de día de Asturias en la que, de
manera progresiva, se encuentre accesible y actualizada toda la información
relativa de cada uno de los centros. Para cada uno de los centros debería estar
accesible, al menos, la siguiente información:
—Datos
de contacto y titulares.
—Características
completas del centro.
—Censo
de plazas totales, indicando cuántas de cada tipología.
—Relación
de los indicadores de calidad considerados y, tras la evaluación correspondiente,
la información relativa a su cumplimiento, que permita valorar la mejora y el
análisis comparado entre los centros.
—Publicación,
tras el próximo plan de inspección, y dentro del marco legal existente, de los
informes de inspección, con indicación de las sanciones impuestas y el motivo,
si las hubiera, con el propósito de fomentar la calidad de la atención a la dependencia
y asegurar la eficacia de las prestaciones.
Segundo. La creación de
un portal del usuario del ERA que, mediante un sistema seguro de
autentificación, permita el acceso de usuarios y/o familiares legalmente autorizados a su expediente y que
permita visualizar los datos sociosanitarios e incidentes de los beneficiarios
de los diferentes recursos.»
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