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viernes, 27 de mayo de 2016

PNL de Ciudadanos sobre Transparecia sanitaria 27-5-2016


PROPOSICIÓN NO DE LEY DE CIUDADANOS ASTURIAS APROBADA POR UNANIMIDAD POR LA JUNTA
PROPOSICIÓN NO DE LEY
La Junta General del Principado de Asturias insta al Consejo de Gobierno a:
PRIMERO.- La creación del Área de Transparencia Sanitaria en el marco del proyecto de ley de transparencia y buen gobierno, en el que se encuentren accesibles de forma pública la totalidad de los recursos disponibles, tanto materiales como humanos, y de los indicadores relativos al desempeño del Servicio Público de Salud del Principado de Asturias.
SEGUNDO.- Que en dicha Área de Transparencia, que debe contar con un acceso claro, rápido y de inmediata localización, aparezcan publicados en formato interoperable, al menos, los siguientes datos e indicadores:
A)          De Atención Primaria, recursos existentes en cada Área Sanitaria y datos de actividad y frecuentación (consultas, urgencias, etc.), utilización de medicamentos a través de receta y cuantos otros resulten de interés para evaluar el desempeño para cada uno de los equipos y unidades de Atención Primaria.
B)           De Atención Hospitalaria, información desagregada por servicios de indicadores de actividad y frecuentación (ingresos, consultas, urgencias, intervenciones quirúrgicas, estudios radiológicos..); de funcionamiento (estancia media global y preoperatoria, % de cirugía ambulatoria, % de utilización de quirófanos…); de rendimiento (IQ por facultativo, consultas por facultativo, técnicas realizadas por equipo…); y de Listas de Espera, tanto de Espera Quirúrgica (LEQ) como de Listas de Espera de Consultas y Pruebas Técnicas (LECyT); y de la actividad concertada con la sanidad privada con desagregación del coste total por concierto y por actuación individualizada.
C)          De emergencias sanitarias, datos de actividad y frecuentación por cada uno de los recursos.


D)          Para cada una de las Áreas Sanitarias, incluyendo los referidos a los hospitales concertados integrados en el Servicio Público de Salud del Principado de Asturias, y desagregado hasta el nivel de Servicio, información sobre los principales capítulos del gasto, en particular sobre: recursos humanos (efectivos disponibles, sustituciones, distribuciones por turnos, retribuciones con desagregación progresiva en sus distintos subconceptos...); gasto en bienes corrientes y servicios con desagregación progresiva en sus distintos subconceptos (arrendamientos, reparaciones, energía, productos farmacéuticos, limpieza, seguridad…); información sobre equipamientos disponibles (descripción, antigüedad…).
E)           Incorporación progresiva a este Área de Transparencia de los datos disponibles sobre explotación del Conjunto Mínimo Básico de Datos (CMBD) que aportan los Grupos Relacionados por Diagnóstico (GRD) y de todos aquellos que puedan contribuir a la mejora de la información y la transparencia.
F)            Las declaraciones de intereses de los profesionales, en su caso, los ensayos clínicos, así como los pliegos de los conciertos, proveedores y licitadores que contraten con el sistema sanitario público.
G)          La puesta en marcha, una vez aprobada la ley, de un observatorio de actividad y resultados en salud, en base a indicadores solventes profesionalmente consensuados de efectividad y eficiencia que preserven la protección de datos personales

TERCERO.- Que dicha información se actualice, al menos, anualmente; exceptuando lo referido a las Listas de Espera que debe actualizarse con periodicidad mensual y siguiendo su normativa específica.

Respetando en todo caso la confidencialidad de los datos de carácter personal y el resto de datos protegidos por su normativa específica.



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