La gestión de la Administración l Un cambio legislativo clave
La reforma de la ley de la Función Pública que impulsa el Principado se asemeja a la de Valencia, pero la supera al incluir en la libre designación a los letrados, además de a los jefes de servicio
El «dedo» del Principado compite con el de la Comunidad Valenciana. La reforma de la legislación de la función pública que prepara el Gobierno de Areces permite un uso de la libre designación para el nombramiento de cargos de media dirección -los fundamentales en los procesos de adjudicación de contratos públicos- por encima de lo que lo hace la ley valenciana, cuya reforma impulsó hace unos meses el Ejecutivo del popular Francisco Camps. En ambos casos se acude a la designación «a dedo» de los jefes de servicio, pero en el proyecto del Principado también se incluye en este epígrafe a los letrados, profesionales que no aparecen en el texto de Valencia, donde llegan al cargo mediante oposición.
Varios juristas consultados por este diario han puesto en tela de juicio la constitucionalidad de que se designe «a dedo» a letrados y jefes de servicio, aludiendo a un supuesto ataque contra la independencia del funcionario. Ayer mismo, los portavoces del Conceyu por Otra Función Pública en Asturias, colectivo que impulsó cuatro de las sentencias que ya han reprochado al Principado un uso abusivo de la designación «a dedo», advirtieron de que, en el caso de que el texto legal pase el filtro de la Junta General del Principado, presentarán una denuncia ante el Tribunal Constitucional, por cuanto, a su juicio, se produciría una vulneración del estatuto básico del empleado público.
El colectivo de funcionarios sostiene que la ley aprobada hace escasos meses en Valencia es el modelo del proyecto que ha presentado el Ejecutivo de Álvarez Areces a la Mesa General de la Función Pública, donde fue aprobado con la abstención de los sindicatos Comisiones Obreras (CC OO) y UGT, después de que el Gobierno aceptara la inclusión de algunas peticiones de las centrales. Lo cierto es que, además de presentar coincidencias en aspectos formales y hasta de redacción, ambos textos coinciden en establecer como obligación, y no como opción para casos excepcionales, que un buen número de cargos autonómicos sean elegidos «a dedo».
En concreto, el texto legal aprobado en Valencia, pactado con los principales sindicatos, indica que los puestos de trabajo a cubrir bajo el sistema de libre designación son los de «rango de subdirección general o jefatura de servicio, los puestos de secretaría de altos cargos y los puestos de naturaleza funcionarial que se creen como consecuencia de Acuerdo del Consell y con las características y requisitos que en el mismo se establezcan, pertenecientes a los grupos o subgrupos profesionales A1, A2, B o C1, adscritos y directamente dependientes de las subsecretarías o de las secretarías autonómicas, con funciones de asesoramiento o coordinación y que tengan la denominación de coordinador-asesor».
Desde 2007, y a partir de que el Ejecutivo de Rodríguez Zapatero aprobase el estatuto base del empleo público, han reformado la legislación sobre la función pública varias comunidades.
Según fuentes del Conceyu por Otra Función Pública en Asturias, las comunidades en las que se da mayor manga ancha al Gobierno para la designación «a dedo» de funcionarios son las de Galicia, Valencia y Asturias. Al otro lado de la balanza, en Baleares se llevó a cabo una reforma del marco legal en la que la libre designación se utiliza únicamente para algunos casos excepcionales.
El Gobierno de Álvarez Areces pretende institucionalizar la libre designación de jefes de servicio y de letrados pese a la existencia de sentencias en las que se afea un excesivo uso de este sistema para el nombramiento de funcionarios. Además, se han producido acusaciones que ponen en entredicho el modelo de adjudicación de contratos públicos por parte de la Administración del Principado. Así, expertos, letrados y responsables de colectivos y sindicatos de funcionarios consultados por este diario han abogado por reducir la presencia de empleados públicos de libre designación en este tipo de procesos, para evitar una contaminación política. También se han registrado críticas en algunos informes emitidos por la Sindicatura de Cuentas.
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